Tras un recorrido realizado por miembros de Justa -Jóvenes sin Tabaco- sostuvieron que en la Capital provincial ya no se cumple la normativa por la que la ciudad fue modelo para otras del país. "No se está cumpliendo con los controles que estipula la Ordenanza Nº 4350", indicaron desde la organización.
"Tanto en bares como en locales bailables se había logrado disminuir la cantidad de tabaco consumido, se había exigido a los propietarios a que coloquen carteles que prohibían fumar en ámbitos públicos cerrados, sin embargo esto se está perdiendo", comentó Itatí Fernández representante provincial de la Red Argentina de Jóvenes Libres de Tabaco.
Además resaltó que el no cumplimiento de la normativa vigente "convierten a quienes no tienen el hábito en fumadores pasivos y deja expuesto en quienes están en contacto por más de cinco horas al humo a eventuales enfermedades respiratorias", indicó.
Por el momento el grupo de jóvenes volverá a solicitar a las autoridades municipales que retome los controles y exija a los propietarios de los lugares comprendidos en la ordenanza a que respeten la normativa vigente.
Ordenanza N° 4.350
La Ordenanza que fuera sancionada en el años 2006 sostiene:
Artículo 1: PROHÍBASE fumar en lugares cerrados de acceso público tales como bares, confiterías, restaurantes, dentro del ejido de la Ciudad de Corrientes.
Artículo 2: ESTABLÉZCASE como exigencia obligatoria en lugares mencionados en la exhibición de cartelera que resulte eficáz par advertir la mencionada prohibición.
En el caso de incumplimiento a lo normado en él se sancionará al propietario de los mencionados establecimientos y al fumador una multa de entre 25 litros de nafta común a 200 litros. Y en caso de reincidencia reiteradas, la clausura del establecimiento por el término de 30 días. La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaría de Salud, Desarrollo Social y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Saneamiento Ambiental.
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