El Padrón estará en la órbita del Ministerio de Salud Pública y trabajará en vinculación con Institutos, Universidades o Centros de Investigaciones nacionales o extranjeros. Deberá denunciar obligatoriamente todo diagnóstico confirmado de Enfermedades Raras.
Se estima que muchísimas personas en Corrientes, en especial chicos y adolescentes, poseen enfermedades raras no diagnosticadas o cuentan con diagnóstico pero no el debido tratamiento.
En ese sentido, la nueva ley define como enfermedades raras a las enfermedades potencialmente mortales, o debilitantes a largo o corto plazo, de baja prevalencia y alto nivel de complejidad, incluidas las genéticas, cánceres poco frecuentes, autoinmunitarias, malformaciones congénitas, tóxicas e infecciosas, entre otras categorías.
El Registro Provincial de Enfermedades Raras, contendrá información sobre las diferentes denominaciones con que es reconocida cada una de las enfermedades que sean incluidas en un padrón general, así como la descripción general sobre sus hallazgos clínicos, síntomas, causas y características epidemiológicas.
Además tendrá información sobre medidas preventivas que se debieran tomar y tratamientos estándar, ensayos clínicos, laboratorios especializados a nivel nacional e internacional; y también consultas especializadas y programas de investigación en desarrollo a nivel nacional e internacional.
Se elaborará un listado de las fuentes de contacto por mayor información a nivel nacional e internacional; información sobre las enfermedades verificadas en el país; e información sobre la evolución de las mismas y los tratamientos utilizados.
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