Coronel podría volver a la intendencia de Gral Rodriguez

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, dictó una Resolución en la causa entablada por el ex intendente Marcelo Coronel sobre la separación de su cargo por parte del Concejo Deliberante. Sólo resta el dictamen de la Procuradora General bonaerense, Dra. María del Carmen Falbo

Los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires emitieron su dictamen sobre el conflicto planteado entre Marcelo Coronel y el Concejo Deliberante de General Rodríguez.

Marcelo Coronel había sido destituido cuando era jefe comunal luego de que la Comisión Investigadora del HCD, comprobará múltiples irregularidades en su gestión. Dentro de las mismas se demostró que utilizaba un título universitario que no poseía durante todos los años que fue funcionario.

Dentro de las consideraciones que fundaron el fallo de la Corte bonaerense, se estableció innecesario el tratamiento de la prueba ofrecida por el Marcelo Coronel y envío las actuaciones para que la Procuradora General dictamine sobre el expediente judicial.

La resolución lleva las firmas de los jueces Hilda Kogan, Eduardo Julio Pettigiani, Héctor Negri, Eduardo Néstor de Lázzari, Daniel Fernando Soria, Juan Carlos Hitters y Luis Esteban Genoud. Luego del dictamen de la Procuradora General de la Suprema Corte, María del Carmen Falbo, la Suprema Corte deberá emitir un fallo.

Hay que aclarar que los jueces que la integran tienen tres opciones con respecto al del dictamen; su fallo puede ser a favor, pueden adherir parcialmente o votar en disidencia con. Los juristas sostienen que pese a que el tiempo que le demandó a la Suprema Corte llegar a esta instancia excedió largamente el plazo establecidos por la Ley Orgánica Municipal, que rige estas actuaciones; las resoluciones y fallos emanados no son apelables.

La Resolución de la Suprema Corte en el expediente caratulado: "Coronel Jorge Marcelo c/ Concejo Deliberante de Gral. Rodriguez S/ Conflicto Art. 196 – Constitución Provincial”; es la siguiente:

"La Plata, 22 de septiembre de 2010.

AUTOS Y VISTOS:

Encontrándose agregados los antecedentes del conflicto y siendo por tanto innecesaria la producción de la prueba ofrecida por el presentante a 102 vta., atento su estado, pasen las actuaciones a dictamen de la señora Procuradora General (arts. 264 y conc., L.O.M.; 358, 360, 362 apartado 2º y 690 C.P.C.C.). Regístrese". Firman los miembros de la Corte y el Secretario Dr. Juan José Martiarena.

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