Los convencionales debaten cómo será la aplicación de la iniciativa popular

Los representantes de Libres del Sur pretenden que sea menor el porcentaje de adhesiones para que se utilice esa herramienta.
San Martín de los Andes > La reducción del 10 al 3 por ciento del aval necesario para llevar adelante un proyecto de iniciativa popular, es uno de los proyectos que los convencionales de Libres del Sur presentaron como parte de la reforma de la Carta Orgánica municipal.

Según afirman los mentores de la idea "la iniciativa popular es uno de los instrumentos de la democracia semidirecta orientada a influir e incidir sobre las decisiones del poder en el sistema político, mediante la presentación de proyectos de creación, modificación y/o derogación de normas legislativas".

"Este instrumento de participación promueve, por un lado, el compromiso por parte de los representantes y funcionarios políticos de responder a las demandas y poner en marcha los compromisos asumidos con la comunidad y por otro lado, incentivar a la comunidad en su conjunto para formar parte activa en los asuntos políticos de interés común", afirman desde Libres del Sur.

De esta forma se fortalecen y cohesionan las responsabilidades y las acciones tanto de la clase política como de los ciudadanos.

Según los convencionales que avalan esta propuesta "la participación pública importa un canal permanente entre gobernantes y gobernados. Imprime un singular dinamismo en el sistema democrático y cualquiera sea el espacio de participación que se consolide, los beneficios que proporciona son ampliamente reconocidos como por ejemplo, la participación de la sociedad mejora el conocimiento de los responsables de la toma de decisiones públicas, contribuye a la transparencia de las acciones públicas, fortalece las tareas de monitoreo y fiscalización en lo que respecta a la gestión y cumplimiento de las decisiones adoptadas, entre otros beneficios".

Avales necesarios

Desde esta perspectiva se pretende no solamente adecuar la iniciativa popular prevista en la Carta Orgánica de San Martín de los Andes, de acuerdo a la normativa nacional y provincial, sino que además es necesario actualizarla de modo que se convierta en un real y concreto mecanismo de participación, razón por la cual se pretende reducir del diez al tres por ciento la cantidad de avales necesarios para la utilización de este mecanismo.

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