Continúa la lluvia de críticas a la reforma del Código Tributario

Aún no cesan los cuestionamientos, por parte de sectores opositores, a las reformas instauradas por el alperovismo en torno al Código Tributario Provincial, lo que implicaría, de acuerdo a las críticas manifestadas, no sólo un encarecimiento en los costos referidos a cargas impositivas, sino también, la vulneración en los derechos de contribuyentes, que se verán en inferioridad de condiciones ante las medidas dispuestas por la Dirección General de Rentas (DGR).
En este sentido, los legisladores Alberto Colombres Garmendia (PRO) y José Páez (Democracia Cristiana) destacaron algunas de las principales falencias y arbitrariedades que, a su entender, contiene la nueva reglamentación, aprobada por la mayoría oficialista en el parlamento local.

De esta forma, Páez señala que de ahora en más se podrá publicar la lista de deudores, o que no hayan presentado Declaraciones Juradas, pudiendo, la DGR, suscribir convenios con el Banco Central o entidades que brindan información sobre solvencia económica. "Se afecta el derecho a la intimidad, al conocimiento previo de la base de información de datos públicos, publicaciones en el Veraz y otros, infringiendo el derecho constitucional", alegó.

Por su parte, el referente del PRO, hizo hincapié en la imprescriptibilidad del Impuesto al Sello al sostener que "hoy podríamos encontrarnos que la autoridad de aplicación acaba de descubrir que un contrato celebrado por un contribuyente hace 30 años no estaba sellado, y no está prescripto. El instituto de la prescripción es una creación jurídica que tiene por finalidad exclusiva evitar la dilatación en el tiempo de las situaciones jurídicas inciertas, para de esa manera ponerle un coto temporal a los pleitos y establecer una seguridad jurídica. Todo esto ha sido dejado de lado", precisó Colombres Garmendia.

Otro de los puntos que se pusieron sobre el tapete fue el que menciona la aplicación de multas de 300 a 30.000 pesos y la clausura del establecimiento o local comercial a los que no emitieren factura, no lleven registros, no se encontraren inscriptos y no ingresen más de seis posiciones de uno o más periodos fiscales.

"Se pretende imponer penas desproporcionadas, por lo que virtualmente se establecen penas por deudas deflectivas (sic)", caracterizó el democristiano.

A su vez, el dictado de normas por parte del Poder Ejecutivo que condicionen el ofrecimiento de pruebas y sustanciación de las mismas en el desarrollo de algún tipo de pleito por morosidad, recibió también las quejas respectivas. A consideración de Colombres Garmendia, "el Ejecutivo, que es parte interesada en estos procesos, ya que es quien va a recaudar los impuestos, va a decidir y va a determinar sobre la admisibilidad de la prueba que ofrece el contribuyente. No se me ocurre pelea más despareja que esta, vulnera cualquier principio de igualdad entre las partes".

En el artículo 179 del Código Tributario se establecen multas por la demora del proceso por parte del ejecutado y la sentencia de trance y remate será inapelable, pudiendo repetir el contribuyente o librar nueva boleta de deuda la autoridad de aplicación.

A partir de tal determinación normativa "se conculca el derecho de defensa y la doble instancia establecida en los pactos internacionales", manifestó José Páez.

Siguiendo con el repaso de las polémicas disposiciones encaradas por el oficialismo, el artículo 177, establece que en caso de existir hechos controvertidos, el juez podrá abrir la causa a prueba por el término de diez días improrrogables. A consideración de Colombres Garmendia, esto se traduce en acotar el plazo probatorio que anteriormente era de 15 días y el juez no puede prorrogar el plazo, aunque causas ajenas al contribuyente así lo estimen necesario. "Es decir, el juez aquí vendría a ser una especie de sujeto pasivo que no tiene ninguna injerencia en la marcha del proceso, no puede prorrogar el período probatorio, no puede oponerse a la traba de embargo, realmente una arquitectura jurídica digna de la Gestapo", comparó.

Para Páez, todas las modificaciones interpuestas constituyen "formas de aumentar la presión fiscal en contra de sectores de recursos bajos y medios, incompatible con una política de Inclusión Social que se difunde como política de estado". Mientras que Colombres Garmendia, más gráfico, disparó que "pocas veces en mi vida me encontré con un mamarracho jurídico más grande que este proyecto de Código Tributario en donde se vulneran absolutamente todos los derechos de defensa del contribuyente".

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