El Consorcio admite que la Reserva será utilizada para “ampliar la zona industrial del Puerto”

En una carta documento enviada a los Vecinos Autoconvocados por la Reserva, el Consorcio Regional Portuario reconoce que el sector que ocupa la Reserva “está destinado desde antaño a la ampliación de la zona industrial portuaria”. Esta es la primera vez que el Consorcio revela los planes que tiene para la Reserva Puerto Mar del Plata, la cual no considera como tal ya que afirman que su instrumento legal de creación -la ordenanza 7927/90 del Municipio- no fue emitida por una autoridad competente.
Además, afirma que “la construcción del estadio deportivo […] es un proyecto carente de actualidad”. Con lo cual el Consorcio estaría confirmando que el Club Aldosivi no va a construir ningún estadio en la zona sino que será utilizada para instalar nuevas industrias.

Esta es la primera vez que el Consorcio Portuario revela los planes que tiene para la Reserva Puerto Mar del Plata, la cual no considera como tal ya que afirman que su instrumento legal de creación -la ordenanza 7927/90 del Municipio- no fue emitida por una autoridad competente.

“Los que se verán más perjudicados son los vecinos de Punta Mogotes y Colinas de Peralta Ramos cuyas casas se depreciarán notoriamente si la Reserva Puerto MdP desaparece y se transforma en una zona industrial. Es de esperar que los dueños y administradores de los Balnearios del Complejo de Punta Mogotes también expresen su preocupación porque un cambio de este tenor no les conviene para continuar con sus actividades. En los últimos 20 años, al menos, uno de los principales servicios ambientales que le ha dado la Reserva a la comunidad es la de funcionar como un área de amortiguación entre zonas con usos muy diferentes, como lo son, la residencial, la turística-recreativa y la zona industrial del Puerto”, dijeron los vecinos autoconvocados.

Entre otros puntos notables, el Consorcio afirma que la actividad autorizada por ellos al Club Aldosivi es para el desarrollo de fútbol infantil, lo cual –según el Consorcio,- no exige presentación de estudio de impacto ambiental.

“Esto se contrapone con el anexo II, punto II de la ley provincial 11723 que exige se sometan al proceso de evaluación de impacto ambiental todo los emprendimientos turísticos, deportivos, campamentos y balnearios, sin exceptuar al fútbol infantil como afirma el Consorcio”, se quejaron los ambientalistas.

“Finalmente sobre la clausura impuesta por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) el 14 de octubre de 2011, que nunca se cumplió en forma efectiva, el Consorcio se desentiende y afirma que “es a dicho ente a quien le corresponde en su caso efectivizar las declaraciones por él mismo dictadas”, o sea, el Consorcio considera que el OPDS debería haber hecho cumplir efectivamente la clausura y no otro organismo, cosa que como es de público conocimiento, nunca sucedió”, concluyeron.

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