Luego de que el Juez de Garantías Saúl Errandonea pidiera la elevación a juicio oral de la causa que involucra, entre otros, a los dirigentes de la UOCRA local César y Jorge Trujillo por la supuesta comisión de hechos de corrupción en la construcción de un complejo de viviendas en Miramar, la Dra. Adelina Martorella, representante legal de los damnificados, dijo que es “llamativo” que el estado provincial “nunca se presentó en la causa pese a que el Instituto de la Vivienda se nutre de fondos provinciales y el Juez (en su resolución) hace hincapié no sólo en cómo fueron perjudicados patromonialmente los adjudicatarios, sino también el propio estado”.
En septiembre de 2008, en el marco de la investigación iniciada por una denuncia radicada en 1998 por un grupo de familias presuntamente damnificadas por la comisión de supuestos actos de corrupción en la construcción de un Plan de Viviendas en la ciudad de Miramar, realizado bajo la dirección de la UOCRA Seccional Mar del Plata, el Fiscal Facundo Gómez Urso pidió la elevación a juicio oral y público de una causa que involucra a los dirigentes de la construcción César y Jorge Trujillo, además de los arquitectos María Marta Alconada, José Luis Aloisi, Mario Oscar Aued, Vicente Oscar Del Hoyo, Ricardo Joaquín Gómez, Norberto Agustín Lemmi y Héctor Sinecio Vargas.
Puntualmente, el Fiscal los encontraba sospechados de la comisión de los delitos de “Administración fraudulenta” -el Instituto de la Vivienda financió la construcción y la Uocra seccional Mar del Plata recibió para esa obra $ 677.342 pesos de los cuales sólo destinó $196.787- y “Fraude a la administración pública” por lo que, ante la requisitoria, el Juez de Garantías, Saúl Errandonea, debía resolver si le daba lugar o no.
En tanto, frente al pedido, la defensa de los acusados, constituida por los doctores De la Canale, Pérez y Perelló, planteó la nulidad de la requisitoria de elevación a juicio, así como la de una pericia que se practicó al inicio de la investigación.
En ese marco, el Magistrado interviniente debía dilucidar, por un lado, si hacía lugar o no al pedido de nulidad de la requisitoria de elevación a juicio y a la solicitud de nulidad de la pericias respecto de los materiales utilizados en la construcción de las viviendas -llevadas a cabo por las arquitectas María Hilda Macías y Norma Susana Bolognini- y, además, abordar la cuestión de fondo; resoluciones que finalmente se conocieron el pasado 8 de julio.
Tal como lo reveló 0223.com.ar, en dicha resolución, Errandonea dejó constancia de que “el estado erogó más de lo que efectivamente se invirtió por parte de los administradores, y con la participación de los veedores del Instituto, esto en desmedro no sólo de las arcas públicas, sino también de los particulares, en un ámbito de especial interés, pues significa ser realidad un derecho con reconocimiento constitucional como lo es la promoción del acceso a una vivienda digna”; a la vez que acreditó las “innumerables deficiencias que las peritos y arquitectas determinaron en su momento”.
“LA PROVINCIA NUNCA SE PRESENTÓ EN ESTA CAUSA”
Por su parte, la Dra. Adelina Martorella, representante junto al Dr. Julio Razona de las familias damnificadas, evaluó que el que sigue desde hace más de una década “es un proceso totalmente engorroso” y reparó en que en el mismo “se determinó que distintos arquitectos del Instituto de la Vivienda que funcionaban como auditores, eran los que certificaban el avance de obra que luego fundaba la rendición de otras sumas de dinero por parte del Instituo”. “Es decir, el Instituto no depositó este monto en una única vez, sino que lo fue haciendo a través de distintas partidas que se iban remitiendo a medida que avanzaba la obra y ese supuesto avance de obras, a través de certificados de auditores del Instituto, contaba con datos falsos, por lo que se entendió que los auditores contribuyeron a que esto pudiera suceder”, explicó en declaraciones a FM 99.1.
En ese marco, advirtió que “llama la atención que el Juez (en su resolución) hace hincapié no sólo en cómo fueron perjudicados patromonialmente los adjudicatarios de las viviendas al ver frustrada la expectativa de alcanzar una vivienda propia, sino también el propio estado”, tras lo cual resaltó que “es un dato llamativo que la Provincia en ningún momento se presentó en esta causa como particular damnificada pese a que el Instituto de la Vivienda se nutre de fondos provinciales; algo que funcionó como argumento a los defensores para decir que no existía perjuicio patrimonial al erario público”.


Comentá la nota