Consejo de Abogados expresó su apoyo a la restitución de la ley de amparo

El Consejo Profesional de Abogados dio a conocer una declaración de apoyo a la decisión del gobierno provincial de promover la derogación de los cambios introducidos a la ley de amparo durante la gestión de la Alianza, con la idea de restituir en esa norma los preceptos fijados en la Constitución del Chaco.

En ese sentido, la organización profesional, con la firma de su presidente, José A. Sánchez, dijo que ante el compromiso del gobernador a favor de la derogación de la norma reglamentaria votada en su momento por el rozismo “no puede más que expresar su beneplácito y solidaridad con la medida adoptada, en tanto que implica una adecuada recomposición de la legalidad constitucional quebrantada por la norma que se proyecta derogar, encauzada por un carril de control político de constitucionalidad pertinente y oportuno”.

“Grosera inconstitucionalidad”

“La supremacía de la Constitución constituye un principio elemental y fundante de nuestro ordenamiento jurídico, en cuyo mantenimiento persistente debemos estar comprometidos y expectantes todos los ciudadanos y en especial todos los órganos políticos que ejercen las tres básicas funciones en que se dividen las competencias estatales en un Estado constitucional de Derecho”, dice el comunicado.

Al respecto plantea que “no sólo el Poder Judicial debe hacerse cargo del control judicial de la constitucionalidad de los actos y normas públicos, siendo que tal vigilancia de la adecuación a la norma fundamental debe ser también cumplida por los restantes Poderes del Estado por medio y en ocasión de las respectivas facultades atribuidas por la propia Constitución”.

“Por ello este Consejo celebra la decisión adoptada por el Poder Ejecutivo que importa nada menos que un acto de reivindicación a la supremacía de la Constitución, proyectando la derogación legislativa de una norma sobre cuya grosera inconstitucionalidad fuimos los primeros en requerir pronunciamiento judicial por medio de la acción de inconstitucionalidad que promovimos directamente ante la sede del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco”, dice la entidad de los abogados.

Luego afirma que “en la actualidad somos la única institución que se encuentra manteniendo la pretensión de que se declare la inconstitucionalidad de esta norma ilegítima, a través del recurso de queja por apelación extraordinaria denegada que sigue su trámite ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”

“Los actos públicos que previenen o restauran las violaciones a la legalidad constitucional deben ser ordinarios y comunes en un Estado Constitucional de Derecho, pero aún así deben originar su reconocimiento cuando devienen luego de una negación o disminución de la vigencia irrestricta del orden constitucional como ha sucedido en el caso de la ley 5451”, agrega el pronunciamiento del Consejo.

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