La Cámara también resolvió en igual sentido la situación de los jueces jubilados Petra Recabarren y Carrizo.
El escrito de 139 fojas también confirmó el procesamiento del destituido juez Francisco Miret y los jubilados jueces federales Guillermo Max Petra Recabarren y Rolando Evaristo Carrizo, respondiendo así en forma extensa y detallada a un total de siete apelaciones.
Después de señalar que "los hechos atribuidos a los imputados se enmarcan en las violaciones de derechos humanos perpetradas en el país durante el período 1975-1983", dedican un párrafo a la instrucción. Allí que destacan que el juez instructor (por Bento) analizó en detalle cada uno de los hechos, con referencias concretas a los distintos legajos y los descargos formulados por cada uno de los encartados, tras lo cual "da los argumentos por los cuales estima procedente el procesamiento que dispone".
Más adelante y al entrar en las consideraciones, se asegura que "los magistrados judiciales procesados y que llevaban a cabo la instrucción de las causas penales o de hábeas corpus, conocían a las superiores autoridades militares y policiales, derivado ello del trabajo cotidiano".
Señalando además que "la omisión sistemática y prolongada en el tiempo de promover la persecución y represión de los delitos de los que habría tomado conocimiento en su desempeño como fiscal federal y juez federal subrogante, en los hechos que habrían cometido miembros de las fuerzas armadas y de seguridad en la ?lucha contra la subversión' entre los años 1975/1983, según las circunstancias de cada caso particular, facilitando la impunidad de los responsables de dicho plan y la continuidad del mismo en la privaciones ilegítimas de la libertad agravadas de personas que continúan desaparecidas...".
El juicio oral
Con relación a Petra Recabarren y Carrizo, se señala que en esta etapa procesal "no resulta claro con evidencia suficiente, lo que quizá en el juicio oral pueda dilucidarse, las posibles implicaciones de los imputados con el plan, si se tiene en cuenta que las subrogancias del primero de los nombrados fueron esporádicas y por escaso tiempo, mientras que Carrizo desempeñó el cargo de juez federal sólo cinco meses, para ser finalmente expulsado del mismo por las autoridades de facto al momento del golpe de Estado".
Finalmente, la Cámara dispuso remitir copia certificada de lo resuelto a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la Cámara Nacional de Casación Penal y al Consejo de la Magistratura de la Nación.
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