Condenaron a prisión condicional a una pareja que participó de los saqueos en Concordia

Condenaron a prisión condicional a una pareja que participó de los saqueos en Concordia
Un hombre y una mujer fueron sentenciados a tres años de prisión condicional y a realizar trabajos comunitarios en Bomberos Voluntarios.
La Justicia dictó la primera sentencia por los saqueos del año pasado en Concordia y condenó a una pareja a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Carolina Noemí Angulo y Arnaldo Damián Bella fueron hallados autores materiales y penales del delito de robo agravado por su actuación durante los hechos de la noche del 8 de diciembre y la madrugada del 9.

Angulo y Bella participaron de los saqueos de un comercio de electrodomésticos ubicado en calle Hipólito Irigoyen de Concordia. A poco de ocurridos esos hechos, en Internet pudieron observarse numerosos videos de los saqueadores que luego le sirvieron a la Justicia como elementos de prueba para identificar a los responsables. Hubo casos en que los mismos autores de los desmanes fueron quienes subieron a la web las imágenes que luego serían utilizadas como pruebas en su contra. En este marco, bajo la causa caratulada “Angulo, Carolina y Bella, Arnaldo Damián s/ robo agravado” se los declaró como autores materiales y penalmente responsables del delito de robo agravado en grado de coautores y en consecuencia se los condenó a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, publicó el sitio Diario Río Uruguay. Durante ese período la pareja debe abstenerse de realizar cualquier acto de violencia. Tampoco debe acercarse a la víctima y testigos, ya sea al domicilio o al lugar en que estos se encuentren a una distancia inferior a 100 metros y queda vedado todo tipo de comunicación por cualquier medio. Además tiene prohibido el consumo de estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas. Por último, cabe mencionar que la pareja también deberá cumplir 250 horas de trabajos comunitarios, no remunerativo, en los Bomberos Voluntarios de Concordia, debiendo acreditar el cumplimiento ante la Secretaria del tribunal cada cuatro meses.

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