El Concejo Deliberante rechazó un pedido de la Cámara de Estaciones de Servicio para prorrogar la aplicación de la Ordenanza 14.233 promulgada en octubre del año pasado y que establece la obligación de informar, mediante leyendas en carteles visibles desde la calzada de cada uno de sus accesos, la inexistencia de alguno de los tipos o calidades de combustibles que comercializan, la forma de pago aceptada y/o cualquier restricción de venta que pudiere existir, todo ello de conformidad con los artículos 4º y 8º bis de la Ley 24.240.
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Las letras no podrán ser inferiores a 15 centímetros de largo por 10 centímetros de ancho.
Si bien el pedido de prórroga de la ordenanza data de fines del año pasado, recién ahora la Comisión de Servicios Públicos, Actividades Comerciales y Privatizaciones, que preside Aroldo Tonini (FS) está poniendo al día los expedientes.
La obligación de colocar esos carteles quedó constituída además como requisito fundamental de habilitación municipal y autorización de funcionamiento y se facultó al organismo de control inspeccionar el cumplimiento fiel de la ordenanza, bajo apercibimiento de clausura y/o multa en caso de verificarse una infracción, debiendo a tal fin labrarse las actuaciones y efectuarse el procedimiento respectivo con asiento en las normas vigentes en dicha área municipal.
Las infracciones tienen previstas sanciones, con multas de dos mil unidades tributarias en la primera infracción, tres mil unidades tributarias en la segunda infracción, cinco mil en la tercera y la clausura definitiva.
El concejal Tonini recordó ayer que a fines del año pasado el expediente quedó pendiente en razón del tratamiento del Presupuesto municipal y de la Ordenanza 14286 (nuevas sanciones para infracciones en las construcciones) pero que este rechazo a la prórroga no ha perdido vigencia porque todavía hay estaciones de servicio que no informan debidamente y me ha pasado a mí hace pocos días".

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