La tragedia de la calle San Martín provocó gran conmoción en los habitantes de Capital. Mientras los familiares buscan responsables, desde el Concejo Deliberante analizan -mediante un proyecto de ordenanza- sanciones más severas para aquellas empresas constructoras que incumplen con las normas.
Con el objetivo de analizar el proyecto de Ordenanza, el concejal Agustín Payes (preside Legislación y es autor del proyecto) y Marta Gómez (es titular de Obras) fueron los encargados de moderar la charla que se realizó en el recinto del Concejo Deliberante.
Cada una de las partes analizó la iniciativa y dejó plasmada su opinión respecto a las falencias existentes en algunas edificaciones en la ciudad.
El artículo cuarto del proyecto fue el más debatido. En este punto el autor del proyecto hace hincapié en la “demolición” de aquellas obras en las que se incurran en reiteradas infracciones. Clara Reina, Juez en lo Civil y Comercial, dijo que este articulo es muy ambiguo. “Exhorto a Payes a que revea este punto porque se podría incurrir en errores de competencias”, dijo a época la magistrada.
Por su parte el Juez Correccional Nº2 Juan José Cocchia dejó en claro que el Municipio capitalino tiene facultades para la suspensión de obras particulares y si es necesario para la demolición de la misma.
Según el hombre del Derecho, la Comuna debería mediante una resolución, dar aviso a los propietarios de las sanciones que les corresponde. En el caso de que se decida proceder a una demolición, deberá pedir a la Justicia una orden de allanamiento para proceder a la destrucción de las construcciones que no cumplan con las normas vigentes.
Para justificar su postura, Cocchia citó el artículo 225 inciso 10 de la Constitución provincial. En ese punto de la carta magna se remarca que “los municipios deberán imponer multas y sanciones propias del poder de policía, y decretar, de acuerdo a las leyes y ordenanzas respectivas, la cláusula de locales, desalojo por peligro de derrumbe, suspensión o demolición de construcciones, destrucción, decomiso y secuestro de bienes y de mercaderías en malas condiciones, recabando para ello las órdenes de allanamiento correspondientes y uso de la fuerza pública, que no podrá serle negado”.
Referentes de la UOCRA y del Poder Judicial coincidieron en que se debe trabajar en conjunto para sacar la mejor norma.
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