La adhesión de la Municipalidad de Salta a la Ley Nacional de Tránsito (Nº 24.449) obliga al Ejecutivo Municipal a cobrar las multas en Unidades Fijas .
Al menos este es el planteo que se realizó desde la comisión de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, del Concejo Deliberante, que preside la concejal Virginia López (PPS).
Para analizar esa situación se reunirán hoy a partir de las 9 en el Concejo Deliberante, funcionarios de la subsecretaría de Tránsito, concejales y Jueces del Tribunal Municipal de Faltas.
La adhesión del municipio capitalino a la Ley Nacional de Tránsito se hizo mediante la Ordenanza 13538, cuyo artículo 28 adhiere al 84 de la ley, que es el que determina las multas en Unidades Fijas.
Sin embargo la adhesión a ese artículo de la ley nacional de Tránsito, dice que se mantendrá la vigencia de la Ordenanza Municipal 12105 que es la que fijó en el año 2003 la fijó los montos de las multas de tránsito de la Capital en Unidades de Multa, que equivalían a $1, por cada unidad.
Ahora, cuando el Tribunal de Faltas debe aplicar multas mantiene la cantidad de Unidades de Multa, pero las cobra en Unidades Fijas.
Por ejemplo :Conducir sin licencia habilitante lleva una multa graduable entre 50 a 70 unidades de multa, multiplicadas ahora por el valor del litro de nafta súper; conducir en estado de intoxicación alcohólica o bajo influencia de estupefacientes multa graduable entre de entre 500 a 1000 Unidades de Multa, multiplicadas por el valor del litro de nafta súper. Conducir vehículos con adhesivos o con propagandas que alteren la visibilidad. tiene hasta 400 Unidades de Multa
Así, las multas van desde un mínimo de 50 UF a un máximo de 5.000, según el artículo 84 de la Ley Nacional de Tránsito. La presidenta de la Comisión de Tránsito y Transporte del Concejo Deliberante, Virginia López dijo ayer a Nuevo Diario que “recibimos muchas quejas de gente que pagó infracciones y es posible que una multa tenga casi el valor de un vehículo; tenemos que hacer una adecuación, porque debe haber razonabilidad, una multa no puede ser casi confiscatoria.
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