El Secretario de Obras Públicas dijo que no hay ánimo de atacar a corporación alguna. CON OCHO VOLUNTADES, EL CONCEJO APROBÓ EL PROYECTO
El pasado jueves, el Concejo Deliberante capitalino aprobó por mayoría la ordenanza modificatoria del Código de Edificación. La misma establece sanciones, multas y demolición de obras irregulares.
La oposición no coincidió con algunos aspectos del expediente y solicitaron que vuelva a comisión. El bloque liberal decidió abstenerse argumentando también que había cuestiones que podían perjudicar al Ejecutivo comunal.
El Consejo Profesional de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, mediante una solicitada, criticó el proyecto y esgrimió que hubo puntos que no fueron consultados en los trabajos de comisión de los cuales fueron partícipes.
Ante este panorama, el secretario de Obras y Servicios Públicos de la ciudad, Martín Barrionuevo señaló que entiende que no se trata de una disposición que pueda influir negativamente en el mercado inmobiliario, en respuesta a la posición de rechazo del Consejo Profesional de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de Corrientes que, el miércoles pasado, emitió un comunicado fijando su disconformidad con la ordenanza.
“Acá no hay ataque a algún mecanismo corporativo ni nada que se le parezca sino de sancionar a los infractores y seguramente desde los distintos niveles de la sociedad hacia el Estado nacional, provincial, municipal y a las entidades intermedias deberíamos poner todos los granitos de arena para que las infracciones no ocurran”, apuntó.
En esa línea, Barrionuevo destacó el aporte de la nueva norma al referirse a “las sanciones que dispone para los casos de violación de faja de clausura”.
“Ahora se fijó una sanción administrativa que busca desalentar al potencial infractor a que cometa la sanción”, analizó.
Generalidades
Entre las generalidades de la norma, la imposición de penalidades no releva a los infractores del cumplimiento estricto de las disposiciones en vigencia, o sea, la corrección de las irregularidades que las motivaron, pudiendo aplicarse nuevas sanciones si el infractor no corrige dichas irregularidades.
En estos casos, una vez determinados los montos por cada uno de los conceptos transgredidos se ordenará la demolición a costa del interesado, debiendo a tal fin remitirse dentro de los cinco días las actuaciones al Departamento Ejecutivo Municipal para que dicte el acto administrativo respectivo, intimando al infractor a la demolición de lo construido en contravención bajo apercibimiento de hacerlo el Municipio, requiriendo de la Justicia ordinaria la orden de allanamiento y el auxilio de la Fuerza pública.
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