COMISIONES DEL SENADO ANALIZAN EL PROYECTO DE LEY DE MINERIA PROVINCIAL

Ayer a la mañana tuvo lugar en el Senado de la Provincia, una reunión conjunta de las Comisiones de Legislación General y, de Presupuesto y Hacienda para abordar el proyecto de Ley de Minería
Participaron de la misma los Senadores Jorge Ghirardi, César Melchiori, Oscar Arlettaz, José Luis Panozzo, Carlos Schepens, Horacio Díaz y Héctor Strassera, mientras que en calidad de invitados estuvieron presentes el abogado José Leiva Chávez, Asesor Legal de la Dirección General de Minería de la Provincia, y Guillermo Abasto a cargo del área de Concesiones Mineras de dicha repartición.

Durante un extenso trabajo se avanzó en el análisis pormenorizado de parte del articulado con el que se busca “adecuar la legislación de minería para que la Provincia tenga un poco más de control”, señaló el Senador por Islas, Dr. César Melchiori; y agregó que “cuando un recurso empieza a ser explotado en demasía –como acontece con el recurso minero-, aparecen las falencias de la ley anterior”, de allí la importancia de readecuar la legislación vigente en la materia, regulada a través del Código Minero Nacional y el Decreto-Ley 5005/77.

El proyecto abordado crearía un registro único de la actividad minera en la provincia, cuya autoridad de aplicación sería el Ministerio de la Producción, a través de la Dirección General de Minería y regularía la actividad de los “productores mineros, comerciantes de sustancias minerales, plantas de tratamiento o beneficios de minerales que ejecutan algunas actividades definidas como industria de base minera”.

El representante de la Dirección de Minería indicó que “en Entre Ríos solo se extraen Minerales de tercera categoría, y que tanto la inscripción en el registro, como la Guía de producción minera, y los estudios de impacto ambientales, permitirían tener un conocimiento más acabado del desarrollo de la actividad minera en la provincia; al mismo tiempo que sería posible también la mitigación del impacto, al exigir un plan de recomposición del cambio que la explotación minera produzca.

El Código de Minería argentino -sancionado en 1886-, establece que las sustancias de tercera categoría están formadas por minerales de naturaleza pétrea o terrosa y en general todas las que sirven para materiales de construcción, ornamento y rocas de aplicación, cuyo conjunto forma canteras.

Cabe señalar que el Expediente Nº 9557, por el que se regularía la actividad minera en Entre Ríos, es un Proyecto de Ley autoría del Senador Melchiori, presentado en agosto del año 2009, el cual seguirá siendo analizado en el ámbito legislativo

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