La prohibición abarcará a todas las especies ícticas y todas las modalidades de pesca; hay excepciones para los pescadores de subsistencia desde la costa y sólo para consumo personal
Recientemente, la Comisión de los Ríos Paraná y Paraguay (COMIP), resolvió que en las aguas jurisdiccionales de Formosa, Chaco, Corrientes y Misiones, con la República del Paraguay, se aplicará la veda tradicional que se extenderá desde el 7 de noviembre hasta el 20 de diciembre de 2011, abarcando la veda de todas las especies ícticas y todas las modalidades de pesca.
Mientras que la nueva modalidad, denominada "veda pesquera extendida", comenzará a regir desde hoy hasta el día 1º de mayo de 2012, en los sectores que comprende desde la confluencia de los ríos Paraná y Paraguay hasta el Arroyo Ambrosio (Bella Vista, Corrientes), para toda especie íctica: en la modalidad de pesca comercial la veda rige los días sábados y domingos, y para la modalidad de pesca deportiva todos los días martes y miércoles.
La disposición que establece la modalidad de veda pesquera se complementará con medidas de monitoreo y control establecidas de acuerdo con la Dirección de Fauna de Formosa para aplicación de las mismas.
La veda pesquera se establece en las modalidades de pesca deportiva y comercial, e implica la prohibición del uso de artes de pesca (redes, anzuelos y otras herramientas), además el transporte y el comercio de productos pesqueros.
Aplicación
La disposición fue adoptada durante la XXXII Reunión del Comité Coordinador del Convenio sobre Conservación y Desarrollo de los Recursos Icticos en los ríos Paraná y Paraguay, celebrada en Asunción, Paraguay.
Participaron del encuentro funcionarios de las cancillerías de Argentina, Paraguay, y funcionarios y pescadores comerciales y deportivos de las provincias argentinas de Formosa, Chaco y Corrientes quienes -salvo Corrientes- manifestaron su conformidad con la fecha decidida.
En esta oportunidad, el comienzo de la prohibición de pesca se da doce días antes de lo establecido en años anteriores.
En el río Paraguay la veda rige desde la desembocadura del río Pilcomayo hasta su confluencia con el río Paraná. En el río Paraná, la prohibición va desde la desembocadura del río Iguazú hasta la confluencia con el río Paraguay.
En el resto del tramo del río Paraná con jurisdicción en las provincias de Santa Fe y Entre Ríos, tendrá otras fechas de veda.
Desde la Dirección de Recursos Naturales de Corrientes no descartaron a que en los ríos con jurisdicción provincial se mantenga la fecha del 10 de noviembre al 30 de diciembre, que se considera más adecuada a la fecha de reproducción de los peces y etapa de desove.
Durante la reunión en Paraguay se estableció además la realización de seis controles como mínimo en conjunto durante el período de veda de pesca, y dos controles mensuales durante el resto del año respecto a la situación del recurso.
Durante el período se permitirá únicamente la pesca de subsistencia desde la costa, y sólo para consumo personal.
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