El Gobierno publicó en el Boletín Oficial de hoy la resolución 3333 de la AFIP que impone controles en los paquetes turísticos. Se deberá informar en qué moneda se concertó el pago, motivo del viaje, entre otros 9 datos
Por medio de la Resolución General 3.333, la herramienta informática “Viajes al exterior” exigirá información que será sustancial y de relevancia para fortalecer los controles de la AFIP en la compra de divisas extranjeras.
De acuerdo a los expertos, el control fiscal y una menor presión al dólar son los objetivos centrales de la resolución sobre viajes.
A través de su publicación en el Boletín Oficial, este nuevo Régimen de Información de Viajes al Exterior entra en vigencia desde hoy.
En el Boletín Oficial se fundamenta el propósito del nuevo esquema de control: "Los regímenes de información, establecidos por esta Administración Federal, facilitan la estructuración de planes y procedimientos destinados a optimizar la acción fiscalizadora y el control de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes y responsables".
La resolución añade que "dicho sistema tiene como objetivo evaluar —en tiempo real— la situación fiscal y económico-financiera del sujeto adquirente de moneda extranjera —divisas o billetes".
También se enumeran los datos a suministrar por parte de los interesados en adquirir un paquete turístico.
1. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o tipo y número de documento de identidad.
2. Apellido y nombres.
3. Fecha de nacimiento.
4. Actividad laboral o profesional.
5. País de destino y escalas.
6. Motivo del viaje.
7. Fecha de salida.
8. Fecha de regreso.
9. Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del operador turístico, agencia de viajes o similar, costo del viaje, cantidad de cuotas y forma de pago de las cuotas: tipo de moneda, vencimiento, etc., de corresponder.
10. Medio de transporte.
11. Cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas.
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