Comerciantes hablan de “impuestazo provincial” y recurrirían a la Justicia

Comerciantes hablan de “impuestazo provincial” y recurrirían a la Justicia
La Cámara de Comercio de Resistencia se sumó a las expresiones críticas surgidas contra la reforma tributaria propuesta por el Gobierno provincial, a la que considera un “impuestazo” y dio a entender que, si la Legislatura aprueba la iniciativa oficial, podrían presentarse amparos judiciales contra la aplicación del nuevo régimen.

“El Ejecutivo provincial no tomó en cuenta ninguna de las sugerencias realizadas por la Federación Económica del Chaco (FECHACO) ni por las distintas cámaras que lo conforman”, cuestiona la Cámara, que además dice que sus asesores revisaron el proyecto gubernamental y “detectaron varios incrementos que serían inconstitucionales y, por lo tanto, sujetos a la interposición de los correspondientes recursos de amparo, en caso de aprobarse este proyecto de ley”.

Los incrementos

Luego de analizar el texto del proyecto presentado por el gobernador Jorge Capitanich, la Cámara enumera los cambios que se pretenden introducir en el actual esquema tributario del Chaco:

1) En sellos se vuelve al sistema viejo de multa automática por mora (de acuerdo al retraso va de 50 % al 250 % del importe ingresado fuera de término).

2) En inmobiliario rural se modifican criterios (incorporando para el caso del adicional por la renta normal potencial de la tierra) autorizando al Poder Ejecutivo su fijación.

3) Se grava en Ingresos Brutos al productor primario, telefonía móvil y televisión por cable o satelital.

4) Modifica la alícuota general de Ingresos Brutos (pasa del 3% al 3,5%).

5) Modifica la alícuota de Ingresos Brutos para las ventas por comisión (pasa del 4,1% al 6%).

6) Construcción de inmuebles (pasa del 2,5% al 3%).

7) Venta mayorista de tabaco, cigarrillos y cigarros (pasa del 4,1 % al 5,5 %).

8) Venta mayorista de combustibles (pasa del 0,90 % al 1,5 %).

9) Comercialización de billetes de lotería y juegos de azar autorizados (pasa del 4,1 % al 6,5 %).

11) Agencias o empresas de turismo (pasa del 4,1 % al 6%).

12) Comercio al por mayor (alícuota general 3%), comercio minorista (3,5 %).

13) Se fija el criterio de reemplazar los montos fijos para impuesto de sellos por unidades fiscal (lo cual permite actualizarlo periódicamente).

14) En función de ello, en sellos existe una generalizada actualización.

15) Se incrementa el Fondo de Salud Pública (pasa del 1% al 1,5 %)

16) La tasa de interés o recargo pasa del 2% mensual al 3%.

17) Habilitación de locales en Bomberos, local de 1.000 metros cuadrados 5.000 pesos, renovación anual 2.500 pesos.

“Cada sector o incremento puede merecer algún análisis especial en función de los alcances de la modificación, su legalidad a la luz de la vigencia de los diferentes pactos fiscales o su eventual confiscatoriedad por la nueva cuantía.

Los asesores de la Cámara de Comercio de Resistencia detectaron varios incrementos que serían inconstitucionales y, por lo tanto, sujetos a la interposición de los correspondientes recursos de amparo, en caso de aprobarse este proyecto de ley”, advierte la entidad.

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