Comenzó a regir el Registro Provincial de Proveedores de Motos

El Registro Provincial de Proveedores de Motovehículos, creado por disposición del gobernador Daniel Scioli, fue reglamentado dando inicio al plazo de 90 días para la inscripción de los comercios que venden todo tipo de motorrodados en la Provincia.
En el marco de las acciones puestas en marcha por su gobierno para atender la problemática de seguridad vial y ciudadana, el gobernador Scioli creó a través del decreto 1.092/10 el Registro Provincial de Proveedores de Motovehículos en el ámbito de la Dirección de Comercio, dependiente de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Minería del Ministerio de la Producción.

Por su parte, el ministro de la Producción bonaerense, Martín Ferré, sostuvo que “el registro tiene un doble objetivo: mejorar las condiciones de circulación y protección personal y transparentar la relación de consumo. Por eso pedimos a los empresarios y a los consumidores que sean responsables, que cumplan y exijan este requisito porque de ello depende la seguridad de todos”.

De acuerdo a la Resolución del Ministerio de la Producción N° 337/10, en este registro se deberán inscribir en un plazo de 90 días todas las personas físicas o jurídicas que fabriquen, importen, distribuyan o comercialicen motovehículos en el territorio provincial. Los anteriormente mencionados deberán solicitar la inscripción en la Dirección Provincial de Comercio o en el Municipio del domicilio legal del proveedor o comercio habilitado.

La normativa establece además que los comercios habilitados para la venta de motos están obligados a entregar al comprador de un rodado (ciclomotor, motocicleta, triciclo o cuatriciclo) un casco reglamentario que cumpla con las condiciones mínimas de seguridad establecidas por las normas IRAM-AITA 3621, que se registrará junto con la venta.

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