Colombi dijo que remitirá el pliego para completar el STJ

El Mandatario correntino anunció que enviará al Senado la solicitud de Acuerdo para la designación del quinto ministro del máximo órgano de la Justicia correntina. No adelantó nombre. El gobernador Ricardo Colombi adelantó que en dos semanas remitirá al Senado la solicitud de Acuerdo para la designación del quinto ministro del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Sin embargo, el Mandatario no adelantó quién será el candidato a integrar el máximo órgano del Poder Judicial.

El STJ debería estar conformado por cinco ministros. Sin embargo, desde la muerte de Eduardo Farizano, 30 de agosto de 2009, quien al momento de su deceso era el titular del órgano judicial, dicho cuerpo quedó conformado por cuatro integrantes.

Desde entonces, sólo una vez el Gobierno provincial envió una solicitud de Acuerdo para la designación del ministro del STJ faltante. Y fue durante la anterior administración correntina, que estuvo encabezada por Arturo Colombi.

El ex gobernador envió, en octubre de 2009, el pliego de Fernando Carbajal a la Cámara alta provincial. Por ese entonces, el profesional se desempeñaba como Fiscal de Estado.

Sin embargo, el contexto político en el cual Arturo Colombi solicitó al Senado la aprobación de la designación de Carbajal no era propicio para su nombramiento. Es que remitió el pliego tras la dura derrota electoral que le privó de su reelección en el “sillón de Ferré”. Además, a partir del lógico reacomodamiento de fichas políticas, el por entonces Fiscal de Estado no encontraba plafón en los legisladores que respondían a Ricardo Colombi.

De todas maneras, el expediente con su solicitud de Acuerdo cumplió con el proceso legislativo, novel por ese entonces. Por ello se convocó a Audiencia Pública, inédita por aquellas jornadas, para el 19 de noviembre de 2009, una veintena de días antes de que el Senado modificara su constitución con la incorporación de los cuatro miembros que fueron electos en los comicios parlamentarios de septiembre de aquel año.

Ese 19 de noviembre, Carbajal debió enfrentar una serie de impugnaciones. La primera observación correspondió a los ciudadanos Ana María Maciel, Hilda Isabel Romero de Gómez, Ramón Antonio Escobar y Alicia Yrma Gauna; en segundo término los gremios docentes de AMET, ACDP, UDA, MUD y SADOP; SUTECO hizo lo propio pero sin sumarse a los sindicatos colegas. Dos periodistas, Guillermo González del Castillo y Raúl Sotelo, también interpusieron sus objeciones.

Ante estas impugnaciones, Carbajal hizo su descargo. Tras la Audiencia Pública, el profesional dijo sentirse “satisfecho” por el proceso de debate y defensa.

Ya con Ricardo Colombi al frente de la Casa Rosada correntina y con la asunción de los nuevos senadores (la Cámara alta varió en un tercio su composición), una de las primeras decisiones del nuevo Gobierno fue remitir a la Legislatura una nota por la cual el Ejecutivo provincial hacía conocer la voluntad de retirar el pliego de Carbajal para integrar el STJ.

En la sesión del 17 de diciembre de 2009, la primera con la nueva conformación de la Cámara alta, el Senado - en votación dividida - aprobó el retiro de la solicitud de Acuerdo de Carbajal para integrar el STJ.

Desde entonces, no hubo decisión alguna de la administración provincial para completar el máximo cuerpo de la Justicia correntina.

Requisitos y procedimiento para ser ministro

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) está conformado actualmente por el presidente del cuerpo, Carlos Rubín, y los ministros Guillermo Semhan, Juan Carlos Codello y Fernando Niz.

Según la Constitución provincial, los miembros del STJ son designados por el Poder Ejecutivo, es decir el Gobernador, y deberán contar con acuerdo del Senado, o sea la Cámara alta debe avalar dicho pliego.

En caso de que el Gobierno remita la solicitud de Acuerdo para la designación del quinto ministro del STJ y el Senado lo apruebe, finalmente se logrará la conformación total del máximo cuerpo judicial.

Para ser miembro del STJ se requiere ciudadanía argentina, ser diplomado en derecho por una facultad de la República, tener 30 años de edad como mínimo y cuatro de ejercicio de la profesión o en el desempeño de la magistratura.

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