Colegios privados no subvencionados podrán cancelar sus deudas previsionales

Es la iniciativa impulsada por el "Plan Cuentas Previsionales al Día" en donde, hasta el 30 de noviembre, los establecimientos podrán acordar pagos en cuotas, con importantes deducciones de intereses y multas.
Por una iniciativa del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, más de 240 colegios privados de General Pueyrredon podrán regularizar sus deudas previsionales con la provincia, con importantes ventajas para aquellas instituciones que adhieran al plan.

Según lo informado desde el IPS, ya está en marcha un plan especial para cancelación de deudas previsionales, que registran casi 6.000 colegios no subvencionados en todo el territorio bonaerense.

El "Plan Cuentas Previsionales al Día" establece características únicas como deducciones de intereses del 100% y opción de pago de hasta en 180 meses, aunque el incumplimiento total o parcial de las obligaciones pactadas, representará para los deudores la pérdida total de los beneficios ofrecidos.

Están alcanzados por el programa de cancelación, los propietarios de establecimientos privados abiertos o cerrados, que mantienen mora -en el período comprendido entre octubre de 1986 y diciembre de 2010- por aportes, contribuciones, moratorias impagas y deudas reclamadas mediante juicio de apremio o que se encuentran en etapa prejudicial.

Los datos publicados en la web del organismo marcan que son 5.992 los establecimientos de educación privada de sistemas abiertos y cerrados que mantienen deudas previsionales con el Estado bonaerense. Esto representa el 53% de los colegios privados abiertos de la provincia. En esa cifra, están insertos los 241 pertenecientes a General Pueyrredon, de los cuales 163 continúan abiertos y 68 ya han cerrado sus puertas.

Los requisitos para acceder al "Plan Cuentas Previsionales al Día" son: no poseer deuda durante el período 2010; presentar la documentación correspondiente de acuerdo con el plazo a regularizar; completar el formulario oficial de adhesión que se puede descargar en la página oficial del organismo, entre otras presentaciones dispuestas en los anexos de la resolución N°7/11, cuyo texto completo se puede bajar del sitio www.ips.gb.gov.ar.

Cabe agregar, que el IPS está habilitado a determinar deudas de oficio en los casos de incumplimiento en el pago de aportes previsionales de los empleadores propietarios de colegios y también a realizar las gestiones correspondientes para el cobro ejecutivo por vía de apremio.

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