El Colegio de Abogados cargó contra las modificaciones al sistema de Mediación

El Colegio de Abogados de Tucumán (CAT) cuestionó fuertemente la aplicación de la Ley 8.482 que determinó modificaciones en el sistema de Mediación Prejudicial, principalmente el aspecto referido al modo de financiamiento que termina recayendo sobre las partes, salvo supuestos excepcionales.
El Colegio de Abogados de Tucumán (CAT) cuestionó fuertemente la aplicación de la Ley 8.482 que determinó modificaciones en el sistema de Mediación Prejudicial, principalmente el aspecto referido al modo de financiamiento que termina recayendo sobre las partes, salvo supuestos excepcionales.

Al respecto, se determinó legislativamente que los recursos públicos sólo cubrirán las retribuciones de las mediaciones cuando estas involucren a ciudadanos que actúen con asistencia letrada del Ministerio Público; beneficio para litigar sin gastos o patrocinio del consultorio jurídico gratuito del Colegio de Abogados de Tucumán o del Sur, y de la práctica tribunalicia de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán y de la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino.

De acuerdo a lo indicado por el CAT, en una misiva enviada el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Antonio Estofán, dichos cambios "produjeron el caos, el desprestigio y el rechazo de este novel proceso. De esta manera, el objetivo de un instituto que tenía, entre otras metas, paliar el colapsado funcionamiento del sistema de justicia provincial, ha generado fundadas dudas acerca de su efectividad, su bondad y su duración en el tiempo".

Se destaca, en este sentido, que a partir de este sistema de Mediación se logró bajar el nivel de litigiosidad en un 40 por ciento, según las estadísticas del Poder Judicial, con el consecuente ahorro de gastos para el Estado. Asi también, se asegura que se descomprimió la afluencia de abogados y particulares a los juzgados aliviando su trabajo.

Para la entidad, comandada por Eudoro Aráoz, este instituto benefició a los ciudadanos de menores recursos, quienes tuvieron acceso a la justicia, donde encontraron una rápida respuesta a los reclamos sin tener que abonar los honorarios del mediador.

"Estas bondades ya no existen, fueron eliminadas por la apresurada sanción de una ley no consensuada con la comunidad jurídica, fundada únicamente en un criterio economicista, cuya finalidad fue disminuir el presupuesto asignado al Poder Judicial para solventar los gastos que demandaba el proceso de mediación sin que importaran las consecuencias. Se dio prioridad a la postura de la eliminación del gasto que implicaba el pago de los honorarios a los Mediadores Judiciales en juicios de menos de 10.000 pesos", argumentaron desde la entidad colegiada.

Al respecto, se indicó que "hoy, a causa de la modificación de la ley, se trasladó a los justiciables en juicios de menos de 10.000 pesos el pago de los honorarios del mediador, los que deben cargar también con los honorarios de sus abogados, creándoles a los mismos la obligación de solventar un sistema de resolución de conflictos de carácter obligatorio, generando a la vez una situación de tirantez entre abogados y mediadores, ya que cuando se trata de justiciables con casi nulos recursos económicos, estos no pueden solventar ambos gastos".

Debido a este panorama, el CAT reclamó la inmediata suspensión de las modificaciones introducidas a la ley, al tiempo de instar a la puesta en funcionamiento de una comisión integrada por miembros del Poder Judicial, legisladores, del Colegio de Abogados de Tucumán y del Colegio de Abogados del Sur, a fin de evaluar el actual funcionamiento del sistema de mediación, y efectuar las modificaciones necesarias para mejorar el mismo.

Comentá la nota