La Coalición Cívica solicita informes sobre la obra de red cloacal

El siguiente proyecto fue presentado en el día de hoy ante el Concejo Deliberante:
VISTO

La ordenanza numero 5704/2010

Y CONSIDERANDO

Que en su art nº 1 se convalidaban los términos de Proyecto de Convenio Urbanístico General de Promoción y Desarrollo firmado con AMCIPA para la

construcción de viviendas en la zona identificada catastralmente como Circunscripción XV, Sección T, Chacra 1, Fracción III, Parcela 1, Partida Nº 054-51379, Circunscripción VX, Sección T, Chacra 1, Manzana 1N, Parcela 7, Partida Nº 054-56389, Circunscripción VX, Sección T, Chacra 1, Manzana

N 1, Parcela 8, Partida Nº 054-56390, y Circunscripción XV, Sección T, Chacra 1, Manzana 1 N, Parcela 9, Partida Nº 054-56391 (Barrio Los Almendros), lo que daría lugar a la concreción del sueño de la casa propia para varias familias juninenses.

Que en el art nº 2 se facultaba al Departamento Ejecutivo a convenir con la AMCIPA la colaboración y entrega por parte de la Asociación Mutual a

la Municipalidad de Junín de material de caños para ser destinados a la ejecución del Proyecto de Construcción de una nueva red cloacal colectora paralela a la existente desde Avenida de Circunvalación Eva Perón hasta la

Estación de bombeo de calle Borchex y Julio Campos de nuestra ciudad.

Por todo ello, el bloque de la Coalición Cívica, propone el siguiente

PRO0YECTO DE COMUNICACION

Art.1: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, informe sobre el estado del trámite en la Provincia de Buenos Aires acerca de la modificación de la ficha de zona del Código

Urbano Ambiental y demás cuestiones que merezcan la aprobación de organismos provinciales, teniendo en cuenta que de esa aprobación depende, en gran medida, la pronta finalización de las obras oportunamente iniciadas.

Art. 2: Solicitar al D.E. se informe sobre el estado de la obra de red cloacal colectora paralela a la existente desde Avenida de Circunvalación

Eva Perón hasta la Estación de bombeo de calle Borchex y Julio Campos de nuestra ciudad, según lo establecido en el Art 2 de la ordenanza ut supra mencionada.

Art. 3: De forma

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