Un magistrado local se atrevió a aplicar el criterio de reincidencia, después de que un tribunal federal lo hubiera dado por anticonstitucional. Es evidente que no hay acuerdo, o que la justicia es más o menos justa según con quién. La regla va cambiando con la tela que hay que medir. Pero los ladrones son siempre los mismos.
No se habla aquí de una mala oportunidad, ni de un error. Nada de cosas de chicos, ni del que se ve envuelto en un hecho por estar en el momento equivocado en el sitio erróneo. Se habla de aceptar de una vez por todas que hay personas que, mal que nos pese, han hecho del delito un sistema de vida. Una modalidad que tiene horarios, rituales y formas de cobro y de consumo.
Es una actividad como cualquier otra, con pautas, fines y grupo cuasi gremial, solamente que es ilegal, violenta, injusta, y por sobre todas las cosas, está llevando a la sociedad de esta provincia a sitios donde nadie hubiera pensado verla.
No hay hechos casuales. El delito naturalizado casi como un oficio, en personas que cometen dos o tres atracos por día, calcados unos de otros, a veces con alguna innovación que poner en práctica. A veces hasta sin emoción, ya. A veces aburridos, hacen chistes en la mitad. De esa manera suceden las cosas, pero no es que ellos –la mano de obra- se hagan millonarios, sino que deben aceitar una cadena de favores que es larguísima, y que como en el narcotráfico y la prostitución, requiere de una serie de costosos peajes para mantenerse en pie. Los ladrones a mano armada no se quedan con todo eso que se llevan. Hay en el medio abogados sacapresos que cobran un abono mensual. Pago de silencios, de mano blanda, y quién sabe cuántas cosas más, que el lector sabrá comprender e imaginar. Pero no se sacan pasajes de avión a las Bahamas. Ellos no; sus abogados, sí.
El problema no son las leyes, que son preciosas. El problema es la importante circulación de dinero que hace que todo el mundo se lleve su pedazo y genere un círculo que ya ha dado tantas vueltas que aburrió.
En ese momento la provincia está de pie. En Cañuelas, una pueblada marcó posición después del crimen de los hermanos comerciantes: la gente clama que los delincuentes recuperan la calle demasiado rápido. Es posible. Otros observan escandalizados el ataque a una mujer embarazada: un menor le disparó gratuitamente, mientras el mayor de 48 años que dirigía el atraco estaba escondido detrás de un camión.
Mientras tanto, mientras la sociedad trata de que sus jueces y magistrados entiendan que la gente que trabaja ya no puede salir ni a trabajar, que los chicos de los barrios ya no juegan al fútbol en los terrenitos -y esto es ahora una preocupación para los dirigentes deportivos, porque éste dejará de ser un país exportador de jugadores-, ellos consideran que tener en cuenta que el asaltante es reincidente es inconstitucional. Estigmatizante.
Cuando alguien reincide en el delito violento, no es la justicia la que lo estigmatiza. Ni siquiera la sociedad. Él ya se estigmatizó solo.
Los repetidos
Un tribunal de primera instancia de esta ciudad se encontró en situación de juzgar el accionar de un par de personas mayores, que rondan los cuarenta años, y se dedican a asaltar comercios con un modus operandi regular: entran al comercio una vez, para observar los movimientos de los empleados. Lo hacen como simples compradores: de hecho, compran.
Luego vuelven a ingresar, y esta vez uno se dedica al dinero de caja o de la caja fuerte, y el otro a los bienes que pudiera agregar al botín. Cuando asaltaron sucursales de las farmacias Riádigos o Bauzá, por ejemplo, fueron perfumes importados, de fácil reducción y sin número de serie, a diferencia de cualquier aparato que es en definitiva rastreable. Los altos costos de las fragancias importadas, en un escaso volumen, las vuelven hoy en día materia del robo perfecto.
No cometieron homicidios, al menos en los hechos que en este juicio se consideran, simplemente porque nadie se les cruzó en el camino. Sólo en uno de los siete hechos similares que se les imputan, golpearon a una empleada. En todos los casos sí, intimidaron con el uso de armas de fuego y amenazas. Por ejemplo, pusieron un revólver en la cabeza a los dueños de los negocios. En ciertas ocasiones se observó a una tercera persona que estaba afuera en el momento de los robos, haciendo de campana y con el coche preparado para facilitar la huida. Ese es el reincidente, el que ya había cumplido condena: Pablo Ragusa. Los otros dos, a quienes todos los testigos describen como hombres bien arreglados, bien vestidos y de aspecto nada sospechoso, son Miguel Ángel Cajal y Cristian Torres: sin antecedentes. Tan sueltos de cuerpo y tan acostumbrados a trabajar, que hasta robaron dos veces la misma farmacia ante la sorpresa de los mismos empleados que no podían creer lo que veían.
Por supuesto que ante este panorama, ¿quién podía ser el abogado defensor? César Sivo, obviamente, que puso sus cañones en fila a ver si esta vez le salía bien, y si podía burlar una vez más a la justicia llevándose puesto el Código Penal, a cambio de unos buenos pesos. Pero no se encontró materia tan maleable en este tribunal.
Para empezar, él quiso argumentar una especie de falta de tipicidad en el delito – que quiere decir que le erraron al acusarlo de cierto delito- porque en el proceso se había dicho que tres personas que circulaban en el auto empuñaban alternativamente las armas, ora uno ora otro. Eso no puede ser, dijo Sivo. No se determina quién es el responsable real de la tenencia de arma de guerra, y además no se ha probado que se tratara de un arma apta para el disparo. Porque de hecho, cuando se realizaron los peritajes, una de las armas en cuestión- había una 9 milímetros y una 45- no pudo ser disparada.
Sivo es rápido, y sabía que contaba con el precedente de que un tribunal demencial, la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal, había dicho y firmado que un arma descargada no es un arma, al parecer porque su poder lesivo no ha sido probado.
Y Sivo confió en ese argumento. Si lograba cuestionar la figura de la acusación, aunque no consiguiera anular nada, iba a patear la pelota adelante por bastante tiempo, hasta que la justicia se pusiera de acuerdo con lo que había querido decir.
Pero acá no le resultó tan fácil hacer saltar la banca. Y fue precisamente un clarísimo tribunal marplatense, que resultó sumamente descriptivo en su sentencia y preciso en su aplicación de las figuras, aunque no le dio la razón por un instante.
Es el constituido por los jueces Néstor Jesús Conti, Adrián Angulo y Alexis Simaz. Ellos, con tranquilidad y sin enfrentamientos, le respondieron al defensor y al fiscal Deniro: tomaremos de cada uno lo que corresponda.
Por las astas
Para comenzar, y mal que le pese al defensor, al tribunal no le interesó demasiado el episodio confuso de gente que manipula unas armas en un coche. Ni siquiera saber si son o no son las mismas que había en los robos.
Sin determinar si es posible o no identificarlas, contestó: ponele.
Se dedicó sí a analizar con sumo detalle las declaraciones de los testigos, que son numerosísimos si se toma en cuenta la cantidad de empleados que hay, sumando los siete comercios asaltados. A partir de allí, estableció a quiénes habían visto ellos empuñando un arma, y quiénes -con precisión- habían sido intimidados por la presencia de un arma.
Dejó de lado la pesquisa de buscar las coincidencias entre esos formatos y las armas encontradas, lo cual es un detalle menor. El testigo dice: esta es la persona que me intimidó con un arma, más allá de que funcione o no, o sea el mismo calibre o la misma unidad numerada que se encontró en el operativo. Ponele que sea otra. Ponele que no funcione. Da lo mismo, porque hizo que yo le tuviera que dar el dinero.
A partir de allí, y con valor, los jueces se ocuparon de fundamentar la sentencia por robos reiterados, en uno de los cuales estaba completamente probado que Ragusa había sido el chofer. Puede haberlo sido en todos: pero en uno estaba probado. Entonces cabía allí hablar de la figura de la reincidencia, porque él había cumplido ya una condena anterior por robo. Reincidencia, un mes después de que la Cámara de Casación en lo Penal II había dicho que esta consideración era anticonstitucional.
Después de un debate que debe de haber sido acalorado, el Tribunal en lo Criminal II de esta ciudad citó en su dictamen un texto de la Cámara en lo Correccional, estableciendo que:
“La reincidencia es una condición que adquiere voluntariamente quien luego de sufrir una condena a pena privativa de la libertad, vuelve a delinquir y a recibir igual tipo de pena; no significa juzgar dos veces la misma situación, sino tomar en cuenta un dato objetivo de la realidad, necesario para la justa ponderación de la respuesta que la sociedad debe dispensar – como medio de preservar su existencia- a quienes transgreden normas y principios básicos de necesaria observancia para la convivencia pacífica (…)”. CNC Corr, Sala I.
A partir de aquí, la sentencia. Los asaltantes fueron condenados a penas de 10 y 11 años de prisión con costas, y Ragusa, el chofer reincidente, a tres años y seis meses de prisión.
Y a ver si así alguien empieza a decir: “a éste ya lo vi, éste ya robó”, como dijeron con toda naturalidad los empleados de la farmacia. A ver si un tribunal fundamenta que tomar en cuenta la figura de la reincidencia, lejos de resultar anticonstitucional, es fundamental para que la sociedad se resguarde y separe a los delincuentes casuales, a los pibes que cometieron errores, de los que viven del robo sistemático. ¿No es esa la clave?
Parece que no. Que algunos no quieren aceptar lo que sucede cuando el cántaro va mucho a la fuente. Pero lo cierto es que se rompe.

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