Las empresas fueron sancionadas, porque incumplían las normas dictadas por la ACUMAR, en el marco del saneamiento de la Cuenca del Río Matanza.
En una nueva jornada de controles a las industrias que se encuentran apostadas en el trazado del Río Matanza se clausuraron dos industrias que no poseían los permisos necesarios para desarrollar sus actividades, y se labraron cinco actas a industrias que no tenían el empadronamiento correcto bajo los dictámenes de la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).
Con el fin de garantizar que los establecimientos que desarrollan su actividad en las costas de la ribera se ajusten a derecho, el Municipio de Lomas a través de Inspección General, realiza en forma rutinaria operativos de control.
En esta oportunidad, como resultado, se procedió a la clausura de dos industrias que no poseían el permiso de vuelco que otorga la ACUMAR.
Los establecimientos pertenecían al ramo de tintorería industrial y pulido de mármoles. Además, se relevaron otras cinco industrias que presentaron toda la información correspondiente y la actualización en los padrones de ACUMAR.
INDUSTRIAS CONTROLADAS La ACUMAR
lleva adelante un programa de reconversión industrial obligatorio para que las empresas localizadas en su ámbito, cambien la forma de producir y eviten la contaminación del río.
La iniciativa se enmarca en lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia, que ordenó la estructuración de un plan integral de saneamiento de la cuenca. Las empresas identificadas como agentes contaminantes están obligadas a presentar en treinta días un plan de actividades para reconvertirse.
En caso de no cumplir con la entrega de la información solicitada, se podrá dictar su cierre o clausura. Según la resolución 2/2009, la ACUMAR oficializó los procesos operativos a los que deberán adherir las empresas emplazadas en la región para poder implementar los Programas de Reconversión Industrial (PRI) que deberán llevar adelante si han sido identifi cadas como agentes contaminantes.
Esos establecimientos tendrán la obligación de reconvertirse según indica la resolución 1/2008, a través de la cual el Consejo Directivo de la ACUMAR identifica como tales a las empresas que viertan desechos en exceso a los límites permitidos y sean generadoras de efluentes líquidos, emisiones gaseosas o residuos sólidos urbanos.
CÓMO PROCEDER
La ACUMAR abrió el período de presentación de las bases para la admisibilidad. El trámite deberá ser iniciado ante la Secretaría General, teniendo éste carácter de declaración jurada.
Cumplimentado este paso, la Comisión Interjurisdiccional de Industria de ACUMAR hará una evaluación preliminar pudiendo realizar interconsultas de información con otras dependencias para verificar datos y considerar admisible la propuesta.
En caso de aprobarse, los establecimientos serán sometidos a una auditoría para controlar que el plan de actividades que pretenden implementar, es factible según las instalaciones y recursos con los que cuenta.
Finalmente, el Consejo Directivo de ACUMAR aprobará el programa, que deberá implementarse en forma inmediata y sometido a seguimiento.
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