Las investigaciones vinculadas a la comercialización de estupefacientes aumentaron cerca del 10% con respecto al 2010. También se notó un crecimiento en las causas por tenencia para consumo personal. En septiembre del pasado año, la UFI Nº 1 de San Nicolás fue tematizada para especializarse en este tipo de delitos.
Las investigaciones penales preparatorias (I.P.P.) aumentaron un 3.2 % -de un año a otro- en lo que refiere a la totalidad de violaciones a la Ley de Estupefacientes (Ley Nº 23.737). La suba es mayor si se toma como referencia solamente las causas relacionadas con la venta de estupefacientes. En este caso el incremento registrado es de un 9.6 %.
Otro aspecto relevante es el aumento considerable de la cantidad de estupefacientes secuestrados durante el pasado año.
En 2010 se incautaron cerca de 500 gr. de cocaína, mientras que el pasado año la cifra creció hacia unos 2 kg. de la misma sustancia. En septiembre de 2011 se dispuso que la UFI Nº 1 de San Nicolás -a cargo de la Dra. Verónica Marcantonio y Dr. Patricio Múgica Díaz-
La tematización agilizó la investigación de las denuncias realizadas y permitió una mejor coordinación de los datos obtenidos.
En el presente año se efectuaron varios allanamientos a partir de los cuales se logró el secuestro de una mayor cantidad de estupefacientes de la efectuada durante el pasado año.
Datos
Los datos oficiales indican que en total las causas iniciadas por infracciones a la Ley de estupefacientes llegaron a las 384 durante 2010. En tanto que el pasado año las I.P.P ascendieron a 410. Esto indica un incrementó del 3.2 %
En lo que respecta a la comercialización crecieron de 127 a 143 en el mismo período consignado. En tanto que la tenencia para comercialización creció de 12 causas en 2010 a 18 investigaciones en el transcurso de 2011.
La suba también se registró en lo que refiere a la “Tenencia para consumo personal”. El pasado año se iniciaron 148 causas, mientras que en el año anterior a éste se habían formado 139.
En lo relacionado con el delito de tenencia simple el pasado año fueron 95 las infracciones registradas, mientras que en el otro período se efectuaron 102 causas.
Si bien estos incrementos no parecen ser sustantivos, lo destacable es que tienen una tendencia ascendente desde hace varios años, aumentando también la cantidad de imputados por estos delitos.
La tematización de la UFI Nº 1, también parece haber permitido avanzar hacia la investigación de personas que no integrarían el denominado “último eslabón de la cadena”, como lo contempla la llamada Ley de Desfederalización.
En las últimas investigaciones llevadas a cabo se ha puesto el foco sobre personas que distribuyen estupefacientes a otras, para que luego éstas las comercialicen en pequeñas cantidades.
Desfederalización
Uno de los aspectos que permitió la investigación de estos delitos por los Ministerios Públicos Fiscales provinciales, fue la reforma de la mencionada Ley 23.737, en 2005.
La Ley N° 26.052 modificó el art. 34 de dicha normativa en lo que respecta a la competencia en la investigación de las infracciones relacionadas con la ley de narcóticos. Esta modificación fue conocida como la “Ley de desfederalización”, a la cual adhirió la provincia de Buenos Aires. Dicha Ley 23.737 había sido sancionada durante 1989 y modificaba aspectos esenciales en lo que hace a la penalización de este delito.
La primera de estas modificaciones se relaciona con el denominado “tráfico propio” de sustancias estupefacientes -incorporando un nuevo párrafo al artículo quinto de la ley 23.737-.
Aquí están previstas las acciones del suministro o entrega de sustancia tóxicas en la medida en que quien las recepta las destine exclusivamente para su consumo personal, circunstancia bajo la cual, la penalidad allí señalada para quien lo facilite se reduce.
La segunda de las modificaciones -y tal vez la más trascendente- reside en la sustitución del art. 34 de la Ley 23.737, otorgando la competencia de la justicia ordinaria o provincial. Dicha competencia es contemplada “cuando se comercie, entregue, suministre o facilite estupefacientes fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor”. Por lo que las fiscalías provinciales intervendrían solamente en el “último eslabón” de la cadena de comercialización.
Esto mismo es considerado por analistas de dicha modificación: “La norma, tal como está redactada, se orienta a perseguir y castigar al último eslabón de la cadena del tráfico: el comercio o la tenencia de dosis para o en poder de los consumidores”.
Un dato histórico es que, en la época de la sanción del Código Penal de 1921 no se contempla todavía la problemática de los estupefacientes con la gravedad actual.
Aunque el interés mundial sobre la salud pública afectada por el consumo de sustancias de este tenor ya se había puesto de manifiesto de manera muy particular con la Convención Internacional del Opio que es suscripta en La Haya el 23 de enero de 1912.
Efectos
Los efectos del aumento de las investigaciones y la creciente persecución de la venta de estupefacientes, se hacen más visibles sobre el sistema carcelario de la provincia de Buenos Aires.
En su último informe anual, el CELS afirma: “Según datos oficiales, el ingreso de personas al Sistema Penitenciario Bonaerense (SPB) por este tipo de delitos pasó de 46 detenidos en 2005 a 960 en 2008 (sin contar los detenidos en comisarías).
Hacia septiembre de 2009 el 7,5% de la población detenida en el SPB lo estaba por infracción a la Ley 23. 737.-
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