Causa San José: fiscales y querella solicitaron penas excarcelables

Se desarrollaron hoy los alegatos en el juicio por la cancelación de deudas tributarias con entrega de bienes por parte de la empresa de transporte, conocida como causa San José, seguido contra ex Ministros de la gestión de Sergio Montiel.

En la oportunidad el Ministerio Público solicitó la pena de 3 años para el ex Ministro de Economía Oscar Berón, y 2 para Osvaldo Cepeda y Rubén Villaverde, en condición de co-autor y partícipes respectivamente. Por su parte la querella solicitó 2 años para Berón y 1 para Cepeda y Villaverde, manteniendo la calificación delictiva de la Fiscalía. En ambos casos se agrega el pedido de “inhabilitación perpetua para ocupar cargos Públicos”. Por su parte las defensas coincidieron en la falta de tipicidad del acto y en consecuencia en la no comisión de delito alguno, solicitando la absolución.

La ronda de alegatos comenzó muy cerca de las 10 de la mañana, donde el Fiscal Leandro Ríos efectuó una recorrida por las distintas situaciones de hecho que plantearon la investigación en la etapa instructiva, asegurando que la voluntad del Ejecutivo manifestada en los decretos “daba un trato preferencial a la situación de la empresa”.

Asimismo estructuró su alegato sobre la base de la falsedad ideológica de los documentos administrativos emitidos para otorgar una valuación a los bienes, destacando que “se dicta el decreto luego de que se contaba con la cotización falsa dada por (Miguel) Duré – a cargo del Consejo de Tasaciones- y cuando ya se tenía confirmación de la situación de la empresa dada por el entonces director de DGR, (Armando) González quien en 24 horas autoriza un trámite que generalmente demora meses”.

En este sentido completó diciendo que “el decreto esta hecho a la medida de la empresa San José” y agregó que “se evidencia cuando el testigo (Ceferino) Milano (Director de DGR) intentó justificar la dación en pago con una compensación de deudas, pero sin poder explicar de donde salía el crédito fiscal”.

En este marco agregó que “por eso Rentas emitió la Resolución Nº 10, y permite la posibilidad de generar crédito fiscal por la entrega de los bienes recibidos”. En este punto el Fiscal indicó que “con esto vemos que ya no hay una interpretación forzada (del Código Fiscal de la provincia), sino una acción delictual”.

Al respecto relacionó la responsabilidad de los ex Ministros con “las obligaciones positivas que deben para con el Patrimonio del Estado” destacando que “no pueden refrendar un decreto solo porque al Gobernador se le ocurre, sino que deben ser imparciales y deberían haber preservado los intereses del Estado”.

Además indicó que “fue el propio Cepeda quien lleva los expedientes con las tasaciones falseadas (de los precios de los colectivos) a la firma de Montiel”.

De esta forma concluyó que “el fraude contra el Estado se comete por la parcialidad de los Ministros a las observaciones efectuadas desde distintos organismos, con el abuso de autoridad” que compele a la tramitación rápida del expediente y “con la falsedad ideológica de los documentos”.

“Todo esto se plasma en un acuerdo General de Ministros” aseguró luego, y agregó que “de esta forma todos los Ministros firmantes son participes necesarios por no actuar como barrera de contención”.

En base a esto solicitó para Berón la pena de “3 años de prisión condicional más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos”, considerándolo autor material de los delitos de administración fraudulenta y negocios incompatibles con la función pública en concurso ideal. Asimismo solicitó para Cepeda y Villaverde la pena de “2 años de prisión condicional más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos”, considerándolos partícipes necesarios de los delitos de administración fraudulenta y negocios incompatibles con la función pública en concurso ideal.

Por su parte la querella, representada por el Dr. Acosta, coincidió en términos generales con la imputación del Fiscal remarcando que en la causa se ventilaron “un sinnúmero de desprolijidades y acomodamientos para favorecer a la empresa, que oscilan desde la falta de ingreso de los informes y trámites de expedientes –conforme a la Ley de Procedimientos administrativos-, así como la manera en que se realizó la tasación de los colectivos”.

Sin embargo el querellante tomó como referencia a la hora de solicitar la pena los atenuantes de falta de antecedentes penales de los imputados, la falta de beneficio personal del hecho y la cuantía del perjuicio cometido contra el Estado, en relación a otras causas administrativas tramitadas ante el mismo Tribunal, “como el caso de (Daniel) Rossi y otros similares”, por lo que solicitó penas inferiores a las del Ministerio Público.

En este sentido pidió para el ex Ministro Berón la pena de “2 años de prisión condicional más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos”, considerándolo autor material de los delitos de administración fraudulenta y negocios incompatibles con la función pública en concurso ideal. Y la pena de 1 año de prisión condicional más inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos” para Cepeda y Villaverde, considerándolos en su calidad de partícipe de los delitos de administración fraudulenta y negocios incompatibles con la función pública en concurso ideal.

Ante esta situación, las defensas coincidieron en la falta de tipicidad específica contra cada uno de los imputados con la consecuente omisión de delito alguno, ya que según remarcaron pareciera que “la tipicidad surge de la realización de su conducta exigida por la Constitución” . De esta manera tanto la defensa de Oscar Berón, representada por el abogado Raúl Avero, como la de Rubén Villaverde, representada por Fernanda Tardelli, solicitaron la absolución de sus defendidos.

Cabe destacar aquí que al momento del cierre de este despacho se encontraba realizando su alegato el abogado, Juan Manuel Zaragoza, quien representa a Osvaldo Cepeda.

En sus alegatos Avero y Tardelli coincidieron en destacar que no hubo interés personal ni hubo enriquecimiento por parte de los imputados. A este respecto ambas defensas indicaron que en rigor cada uno de ellos “cumplió el mandato constitucional de refrendar el acuerdo”, luego que de que “diversos organismos técnicos indiquen que la operación era legal”.

En el caso de Avero sostuvo además que “todos los colectivos estaban en buen estado y con mucha vida útil, e incluso se siguen utilizando hasta el día de hoy”.

Asimismo remarcó que “en el día de ayer ingrese al sitio oficial del Gobierno de Entre Ríos y al tipear los números de los decretos aquí cuestionados se puede ver que se encuentran vigentes” dijo.

Por su parte Tardelli efectuó una extensa recorrida por los hechos, haciendo hincapié en diversas cuestiones jurídicas vinculadas a la valides de los actos de gobierno, así como a las distintas etapas fallidas producidas durante el proceso de instrucción y el requerimiento de elevación a juicio, “que en el caso de Villaverde debió hacerse 3 veces” dijo.

“Estos sin dudas genera la angustia de los imputados y no alcanza a conmover el principio de inocencia” agregó.

En lo que refiere a las cuestiones formales que hacen a la legalidad de los decretos firmados por los ex Ministros –en base a los cuales prospera la imputación-, indicó que “el Art. 66 del Código Fiscal admitía la posibilidad de pagos con bienes distintos al efectivo, con la correlativa reglamentación. De esta manera el Ejecutivo reglamentó esta vía que quedaba disponible, y la Fiscalía de Estado no encontró objeciones de tipo legal”.

Así, luego de esta jornada, el Tribunal de la Sala I, Cámara del Crimen, integrado por los Dres. José María Chemez (presidente), Hugo Daniel Perotti y Marcela Badano deberán emitir un adelanto de sentencia sobre la base de las pruebas recogidas y los pedidos de las partes, lo que se hará en los próximos días definiendo la cuantía de las penas o la absolución de los imputados.

Comentá la nota