Marcelo Legal fue sentenciado por el Tribunal en lo Criminal Nº 1, que lo halló culpable de un hecho cometido en agosto del año pasado. La declaración del niño fue clave
A la sentencia contra Marcelo Fabián Legal (33), empleado de una carnicería, se llegó, básicamente, por la conmovedora declaración de la víctima, realizada mediante el sistema de cámara Gesell.
La fiscal María Marta Corrado había reclamado dos años más de cárcel de la que fijaron los jueces Enrique José Montironi, Mario Lindor Burgos y Hugo Adrián De Rosa.
El hecho se habría registrado en fecha no precisada de agosto del año pasado, cuando el hombre supuestamente aprovechó la situación de soledad en que se encontraba el chico y lo ultrajó, produciéndole lesiones.
"En este tipo de delito, la prueba siempre deviene de difícil recolección", dijeron los jueces, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido hasta la denuncia, la edad del damnificado y los desórdenes psicológicos que le dejó el traumático suceso.
"Pero lo cierto es que ello no significa que resulten de imposible determinación, ni que del análisis de la totalidad de la prueba aportada no se pueda, efectivamente, acceder a la reconstrucción del hecho en sí", agregaron.
Como el ultraje sucedió "en un cono de sombra", por la ausencia de testigos, "cada palabra como gesto de la víctima, tiene hoy un gran valor probatorio y debe valorarse dentro del contexto de la experiencia vivida, por lo cual deviene esencial para corroborar la existencia del hecho", señalaron los magistrados.
Remarcaron más adelante que "no existió en su testimonio el más mínimo indicio, ni de orientación para sus dichos, ni de contradicción, como no sean las absolutamente naturales para quien, a los 12 años de edad, es brutalmente abusado por quien profesaba un gran afecto".
"Angustia y padecimiento"
Los magistrados también observaron la "carga de angustia y padecimiento" del niño, pese a destacar que sus dichos fueron "sólidos, creíbles y coherentes".
Explicaron que su declaración se tomó en base a distintas pautas, como la necesidad de contar con un ámbito adecuado, que fuera dirigida por un psicólogo especialista en niños y adolescentes y que se evitara exponerlo a una repetición del acto.
"Por ello, lo señalado por el menor resulta más que suficiente para formar convicción... en punto a la materialidad del acceso carnal al que fuera sometido", afirmaron.
Por otra parte, no advirtieron animosidad previa del niño contra Legal.
"En particular, el abuso sexual en niños varones genera una lucha interior por conciliar el abuso sufrido, con sus representaciones acerca de la masculinidad, lo cual crea una conmoción interna que puede generar a futuro una amplia gama de síntomas", ampliaron.
La licenciada en psicología Beatriz Forclaz reconoció, en el marco del caso, que ésta fue "una de las experiencias más difíciles que le ha tocado" atender, según el fallo.
El menor y su madre debieron mudarse del domicilio, por la conmoción que le generaba recordar el suceso.
Antes de dictar sentencia, los jueces citaron como agravantes la extensión del daño causado a la víctima, que fue graficado con crudeza como "un balazo en el aparato psíquico, que produce heridas de tal magnitud en el tejido emocional, que hacen muy difícil predecir cuáles serán las secuelas".


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