Se casan las dos primeras dos pareja gay en La Pampa, sin la jueza Covella

  Se casan las dos primeras dos pareja gay en La Pampa, sin la jueza Covella
Se casará mañana la primera pareja gay de la provincia. Y La Pampa hará historia: por primera vez en el país, una jueza de Paz se negará a casar una pareja del mismo sexo y lo deberá hacer el suplente.
Marta Covella, de General Pico, reiteró que no casará a parejas gay y para eso se tomó licencia. Por eso, en su reemplazo la ceremonia estará encabezada por el suplente Marcelo García Mossman.

La primera boda gay en La Pampa se hará a las 10 de este martes, entre Alberto Peralta y Oscar Omar García López. A las 11.45, se casará otra pareja: aún no se dio a conocer los nombres de los contrayentes.

"Hace 27 años que somos parejas. Hoy estamos blanqueando la situación, aunque nuestra familia conocía desde hace tiempo la relación", han dicho. "Nos casamos no para adoptar, sino porque nos amamos y por una cuestión de herencia".

La jueza Covella, a su vez, ha recibido cuestionamientos de diversos ámbitos. "Nunca dije que los casamientos de personas del mismo sexo no se van a hacer. No los voy a hacer yo, pero se van a hacer", ha dicho Covella. Si el juez suplente no los pudiera casar por alguna razón, los voy a casar yo".

La delegación pampeana del Instituto Nacional Contra la Discriminación y la Xenofobia (Inadi) cuestionó la decisión de Covella y distribuyó una nota a cada uno de los juzgados de Paz de la provincia, en la que les pidió expresamente que no se nieguen a casar a personas del mismo sexo. Además, manifestó que la reticencia de la jueza piquense Marta Covella no puede enmarcarse dentro de la objeción de conciencia.

"La obligación de garantizar el cumplimiento de los derechos matrimoniales de los y las ciudadanas según la ley recientemente sancionada, es institucional y pertenece al Estado, y no personal de las y los individuos que circunstancialmente ocupan cargos funcionales", expresó el delegado del Inadi, Santiago Ferrigno, en el escrito.

El funcionario recordó un principio fundamental del Estado de Derecho: "Respecto de la actividad de la vida civil de las personas, rige el principio general de libertad (art. 18 de la C.N.) y está permitido todo lo que no está expresamente prohibido. En cambio, para regir la acción oficial de los agentes públicos, manda el principio general de apego a lo estatuido: se puede hacer sólo lo que la ley manda y, excepcionalmente, se permite ejercer un criterio discrecional, también regulado por la ley", expresó.

"La sustracción de un funcionario público al cumplimiento de sus deberes oficiales, sólo puede ser legal en la medida en que sea admitida como objeción de conciencia. De acuerdo a la jurisprudencia elaborada al efecto en nuestro país por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hay un elemento fundamental que debe necesariamente darse, para que la objeción de conciencia sea viable, y es actuar en beneficio de derechos propios sin afectar derechos de terceros", explicó.

El caso de la jueza de Paz de Pico, Marta Covella, "constituiría un desnaturalización" de la objeción de conciencia, dijo. "La hipotética negativa de la jueza a tramitar el matrimonio a dos personas del mismo sexo, afectaría los derechos personales de estos consagrados por la ley", sostuvo Ferrigno.

Por otro lado, manifestó, el motivo por el cual la jueza se negaría a realizar el casamiento "es un pretexto discriminatorio" en la medida en que se funda en una condición personal de las o los individuos que concurran a ejercer sus derechos, como sería su homosexualidad.

Comentá la nota