Días atrás se presentó un móvil nacional en Bariloche que trabajó arduamente en el tema seguridad vial. Lógicamente la mayor parte de la buena idea rondó en base a la prevención. Mientras tanto en la ciudad y alrededores los caminos son un verdadero desastre en cuanto a la señalización.
La cuestión es que existe una gran deficiencia en caminos y rutas de la región, ya que la señalización es pobre o casi nula. En efecto, Avenida de los Pioneros, Avenida Bustillo, ruta 40 al sur y al norte de Bariloche (sobre todo a pocos kilómetros de llegar a la llamada Capital de los Lagos del Sur) y calles internas, carecen de señales y/o pintadas que ayuden al manejo vehicular.
Incluso el camino de acceso al aeropuerto internacional no tiene una señalización de primer nivel y muchos menos la Avenida Costanera. Por ambos lugares transitará en días más la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y las comitivas gubernamentales que participen del Te Deum del 25 de mayo próximo en la Catedral.
Sería interesante que se pida el correspondiente auxilio a la Nación para, con el principal motivo de la prevención, se pinten las señalizaciones viales. Sin duda que las pintadas ayudarán a evitar algún accidente, sobre todo en horas nocturnas o en días de lluvia (poca visibilidad).
Respetar la Ley Nacional
La Ley 24.449 en su artículo 22 dice: la vía pública será señalizada y demarcada conforme el sistema uniforme que se reglamente de acuerdo con los convenios internos y externos vigentes. Sólo son exigibles al usuario las reglas de circulación, expresadas a través de las señales, símbolos y marcas del sistema uniforme de señalamiento vial. La colocación de señales no realizada por la autoridad competente, debe ser autorizada por ella.
A todos los efectos de señalización, velocidad y uso de la vía pública, en relación a los cruces con el ferrocarril, será de aplicación la presente ley en zonas comprendidas hasta los 50 metros a cada lado de las respectivas líneas de detención.
Por su parte el artículo 23 indica: Obstáculos. Cuando la seguridad y/o fluidez de la circulación estén comprometidas por situaciones u obstáculos anormales, los organismos con facultades sobre la vía deben actuar de inmediato según su función, advirtiendo del riesgo a los usuarios y coordinando su accionar a efectos de dar solución de continuidad al tránsito.
Toda obra en la vía pública destinada a reconstruir o mejorar la misma, o a la instalación o reparación de servicios, ya sea en zona rural o urbana y en la calzada o acera, debe contar con la autorización previa del ente competente, debiendo colocarse antes del comienzo de las obras los dispositivos de advertencia establecidos en el Sistema Uniforme de Señalamiento.
Cuando por razones de urgencia en la reparación del servicio no pueda efectuarse el pedido de autorización correspondiente, la empresa que realiza las obras, también deberá instalar los dispositivos indicados en el Sistema Uniforme de Señalamiento Vial, conforme a la obra que se lleve a cabo.
Durante la ejecución de obras en la vía pública debe preverse paso supletorio que garantice el tránsito de vehículos y personas y no presente perjuicio o riesgo. Igualmente se deberá asegurar el acceso a los lugares sólo accesibles por la zona en obra.
El señalamiento necesario, los desvíos y las reparaciones no efectuadas en los plazos convenidos por los responsables, serán llevados a cabo por el organismo con competencia sobre la vía pública o la empresa que éste designe, con cargo a aquéllos, sin perjuicio de las sanciones que se establezcan en la reglamentación por los incumplimientos.

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