Carga de combustibles

Desde la Defensoría del Pueblo se informo acerca de las nuevas normativas de la secretaria de Energía de Nación y que se relaciona con la carga de combustibles a granel en tambores y batanes, modalidad muy utilizada en nuestro medio, principalmente por consumidores y productores de nuestro interior provincial, para transportar carburantes.

De ahora en adelante, la carga de combustibles a granel como venta minorista en Estaciones de Servicio, se podrá realizar únicamente bajo tres modalidades:

En recipientes unitarios, metálicos o de plástico indeformables resistente y aptos para contener hidrocarburos, provistos de cierre hermético, de hasta sesenta litros de capacidad total, pudiendo ser en envases, desde veinte litros hasta la cantidad indicada. Dichas cargas deberán efectuarse mediante un caño prolongador del pico de la manguera, que permita la descarga de combustible sobre el fondo del recipiente.

Además, mediante el llenado en tambores de doscientos litros, aptos para contener hidrocarburos, en recipientes que no presenten abolladuras, síntomas de corrosión, oxidados y/o hendiduras, que puedan garantizar la estanquidad del recipiente, con cierre hermético, debiendo hacerse la operación con un pico prolongador hasta el fondo del recipiente para minimizar la generación de electricidad estática durante la descarga del fluido.

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