El abogado Dardo Williams Caraballo sostuvo que "planteos similares a los de (Raúl) Montenegro, tales como medidas cautelares y amparos, ya fueron radicados y rechazados por tribunales federales en distintas instancias", aludiendo de esa manera a las denuncias formuladas por el biólogo cordobés, fundamentalmente con relación a la instalación de una planta nuclear en la provincia y directamente el profesional del derecho formoseño denunció: "A Montenegro lo trajo la oposición para generar temor".
Interiorizó, además, que en dicho fallo "los jueces cortesanos respecto al riesgo inminente que genera el depósito de residuos radiactivos de alta actividad, independientemente de la posibilidad de su uso ulterior o sea del combustible gastado, que este concepto de riesgo inminente tiene en el derecho ambiental un significado muy diferente al del derecho privado debiéndose armonizar con el concepto de progreso y de desarrollo humano en un marco de sustentabilidad, equidad intergeneracional y la luz de los principios enunciados en la ley general del ambiente nº 25.675".
Al mismo tiempo, remarcó que "agrega la decisión judicial que no se verifica un supuesto en que sea aplicable el principio de precaución en tanto no existe prueba alguna sobre la existencia de un peligro de daño grave o irreversible derivado de estos combustibles"
"Similar solución tuvo en la Corte Suprema, el 26 de mayo del presente año, en la causa "Asociación Multisectorial del Sur en Defensa del Desarrollo Sustentable c/C.N.E.A. con un voto magistral de su Presidente Ricardo Luis Lorenzetti, reconocido jurista especialista en derecho de daños.
En este caso se solicitaba se impida el reinicio o reapertura del Complejo Minero Fabril San Rafael (Sierra Pintada) por parte de la CNEA rechazando un recurso de queja deducido en el marco de una acción declarativa de certeza en el marco de la protección del medio ambiente, aunque es esta ocasión se reprobó el medio procesal adoptado por los demandantes al no existir daño grave o irreversible aptos para degradar el medio ambiente", puntualizó.
Al mismo tiempo, enfatizó Caraballo que "con estos antecedentes jurisprudenciales resulta legítimo concluir que cualquier intento judicial tendiente a perjudicar la iniciativa gubernamental en el marco del Plan Nuclear Argentino, y en especial el proyecto CAREM, será desestimada en forma razonada y con abundante fundamentos científicos y jurídicos como para avalar una decisión judicial impecable".
Comentá la nota