El intendente de Junín de los Andes consideró que "acomete contra los derechos y garantías establecidos en la Carta Orgánica". Trascendidos indican que los concejales ratificarán hoy la norma que aprobaron.
En caso de que los ediles mantengan su postura, se generaría un conflicto de intereses entre el Ejecutivo y el Deliberante.
Junín de los Andes> El intendente Rubén Campos vetó la ordenanza por la cual los integrantes del Concejo Deliberante aprobaron una autorización para que los habitantes de las tomas “Costanera” y “19 de Abril” de Junín de los Andes accedan a los servicios de agua potable y luz eléctrica.
La medida cayó como un balde de agua fría sobre los ediles, quienes habían aprobado la normal legal por mayoría luego de un sinnúmero de marchas y contramarchas.
Según trascendió, los concejales hoy tratarán el veto del intendente y procederán a ratificar la ordenanza sin modificar un ápice, tras lo cual quedaría en firme. Si esto ocurre se produciría una suerte de conflicto de poderes entre la decisión del Ejecutivo y el Legislativo municipal.
En los considerandos del veto, Campos afirma que la ordenanza “acomete contra los derechos y garantías establecidos en la Carta Orgánica Municipal” a la vez que señala que “no se puede dar entidad a quienes con el uso de la fuerza y la clandestinidad destruyan la igualdad de oportunidades para con otros en igualdad de condiciones, como por ejemplo, aquellos considerados en el loteo social y que pese a las dificultados han resistido estoicamente y lo harán sobre la base del respeto a la legalidad, de la misma forma intenta el Deliberante promover una inequidad, respecto de los servicios públicos que se reclaman por la vía de hecho (…)”.
Obligaciones
Semanas atrás, tras muchas deliberaciones los concejales aprobaron una norma legal que les permite a los ocupantes de estas tomas acceder a los servicios antes mencionados.
Para esto en el proyecto elaborado por el UNE se indicaba entre otras cosas que “la ausencia de provisión de energía eléctrica adecuada, atenta contra otros derechos elementales como la posibilidad de conservar alimentos y medicamentos, el uso de herramientas que permitan sostener el autoempleo”.
En el veto el Ejecutivo local hace mención a las obligaciones que tienen quienes acceden a dichos servicios, como así también del pago por el consumo, convirtiéndose en usuarios y titulares.
Además, el jefe del Ejecutivo municipal hace uso de la doctrina de Chiappini que indica que “no hay duda que el Estado debe propender a una política que genere mejor calidad de vida para sus habitantes, resultando crucial la promoción de planes de viviendas, a efectos que todo habitante, en especial los de modestos ingresos, puedan acceder a la vivienda propia. Pero no es posible demandarlo por reclamo administrativo judicial, a que satisfaga la vivienda digna, ya que predispone a una liberalidad inviable e incluso una malversación de fondos”.
Además se asegura que “los individuos no pueden esperar que el Estado les provea todo aquello que precisan porque no garantiza la felicidad, sino proporcionar, en lo posible, los medios para que procuremos esa felicidad”.
Por último, en el veto -que consta de once carillas- se indica que “bajo ningún punto de vista se deben crear precedentes para que el accionar de unos pocos modifiquen años de planificación urbanística”.
Ante lo expuesto el Ejecutivo decidió el veto total de la ordenanza 1878/2010, que sería ratificada hoy por los concejales.
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