Bussi vuelve a la carga con su pretensión de sancionar una ley de Ética Pública

El legislador por Fuerza Republicana, Ricardo Bussi, presentó un proyecto de ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, en un nuevo intento para que el parlamento provincial se apreste al tratamiento de este tipo de norma (inexistente en Tucumán), puesto que durante su mandato anterior vio fracasar su pretensión de avanzar en el debate de un proyecto orientado en este sentido, puesto que la misma fue archivada por el oficialismo.
El legislador por Fuerza Republicana, Ricardo Bussi, presentó un proyecto de ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, en un nuevo intento para que el parlamento provincial se apreste al tratamiento de este tipo de norma (inexistente en Tucumán), puesto que durante su mandato anterior vio fracasar su pretensión de avanzar en el debate de un proyecto orientado en este sentido, puesto que la misma fue archivada por el oficialismo.

La iniciativa enumera los sujetos a los que resulta aplicable, se fija el régimen de declaraciones juradas patrimoniales, sus obligados, contenido y presentación, se establece la condición de idoneidad que los sujetos deben reunir, las incompatibilidades del ejercicio de la función pública con determinadas actividades y el régimen de obsequios, la posibilidad de instruir investigaciones sumarias en supuestos de enriquecimiento injustificado, la creación de la Comisión Provincial de Ética Pública, funciones e integración con ocho miembros, que durarán cuatro años en su función, designados de la siguiente manera: dos por la Corte Suprema de de Justicia; dos por el Poder Ejecutivo Provincial; dos por Resolución de la Legislatura, los que no podrán ser propuestos por un mismo Bloque Parlamentario; dos por votación popular, a propuesta de los partidos políticos que participen en las elecciones para cargos provinciales.

Entre los aspectos detallados en el proyecto, puede señalarse aquel que refiere a que resulta incompatible con el ejercicio de la Función Pública "dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar o de cualquier otra forma prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea Proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios", según reza el artículo 15 de la norma.

"Espero que en este nuevo periodo, el oficialismo tenga otra actitud con respecto a los proyectos de la oposición, y se de tratamiento a esta iniciativa, y a tantas otras que se presentan con la intención de transparentar el ejercicio de la función pública y generar confianza en quienes nos gobiernan", sostuvo Bussi.

Comentá la nota