Buscan regular el uso de cámaras en la vía pública y preservar la vida privada de las personas

Es una propuesta que el Ejecutivo presentará ante la Comisión de Seguridad del Concejo Deliberante. El personal designado deberá guardar reserva y confidencialidad sobre la información registrada por las cámaras. La vida privada quedaría eximida de esto mediante la prohibición de captar sonidos y utilizar videocámaras para tomar imágenes del interior de propiedades privadas sin autorización judicial.
El Ejecutivo elevará un proyecto de ordenanza con la intención de regular el uso de videocámaras en el espacio público. La propuesta será presentada este jueves ante la Comisión de Seguridad en el Concejo Deliberante.

Según anticiparon a infoeme.com la propuesta apunta a brindar un marco legal tanto a la utilización de videocámaras en los lugares públicos como al posterior tratamiento de las imágenes por parte del Departamento Ejecutivo y tenderá a hacer extensiva la normativa a medios análogos que permitan las grabaciones de la vida pública, incluyendo el uso e instalación de videocámaras por parte de particulares (establecimientos privados con acceso público).

Se planteará un proyecto de ordenanza que adscribe al régimen de garantías establecido por la Constitución Nacional y la ley 25.326, sobre Protección de los datos personales, o Hábeas Data con elaboración de normas puntuales para regular el ejercicio del monitoreo público local mediante videocámaras.

La ordenanza dice que “estará basada en los derechos fundamentales y libertades públicas de las personas que deberían respetarse al momento de grabar, guardar y acceder a las imágenes registradas en lugares públicos, de acuerdo a la normativa constitucional”

Considerando las disposiciones legales, se habilitará el registro centralizado en el Departamento Ejecutivo de todos los dispositivos instalados en la Ciudad, su estado operativo y otros datos que puedan resultar de interés a su criterio.

También se le otorgaría al Ejecutivo la designación del personal que tendrá acceso exclusivo a la información obtenida como consecuencia de las grabaciones.

La iniciativa considera que el personal designado deberá guardar reserva y confidencialidad en relación a la información registrada, ateniéndose a la aplicación de lo dispuesto en la legislación penal. Si la grabación captara hechos que implicaran infracciones administrativas, se deberá recurrir al órgano competente para el inicio del procedimiento judicial.

En relación con la fase de registro de imágenes, la ordenanza buscará acotar la utilización de las cámaras a los fines vinculados al cuidado de la convivencia ciudadana, la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, la elaboración de políticas públicas de planificación urbana y la prevención de faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública y vial.

La vida privada quedaría eximida del registro de imágenes mediante la prohibición de captar sonidos y utilizar videocámaras para tomar imágenes del interior de propiedades privadas sin autorización judicial.

Asimismo, se contemplaría que si de forma accidental se obtuviesen imágenes cuya captación transgrediera lo establecido en la ordenanza la tomas deberán ser destruidas inmediatamente por quien tenga la responsabilidad de su custodia.

En relación a la utilización de las imágenes, la iniciativa acata que no se podrán formular denuncias judiciales por parte de la autoridad de aplicación; aunque ante una solicitud judicial de la filmografía las imágenes quedarían a disposición de la autoridad.

También se estimaría un período obligatorio (30 días hábiles) para conservar las grabaciones y la prohibición de destruir aquellas imágenes relacionadas con infracciones penales o administrativas, con un procedimiento judicial o administrativo en curso; plazo al que quedarían sujetos los establecimientos privados que instalen videocámaras en los espacios de acceso público.

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