Por ley, buscan que la Policía no emita certificados

 Por ley, buscan que la Policía no emita certificados
La medida comprende al certificado de domicilio y convivencia pero no al de supervivencia que seguirá en manos de la fuerza policial. La norma se establece que el único documento público por excelencia que acredita el domicilio, es el DNI.
Mediante un proyecto de ley que ya ingresó a la Cámara de Diputados se busca descomprimir las tareas administrativas que actualmente realizan los efectivos de la Policía de San Juan en las diferentes comisarías de la provincia. Esta iniciativa es tajante y establece que a partir de su promulgación, la Policía ya no se encargará de emitir certificados de domicilio ni de convivencia. Es más según la norma, esta documentación, dejará de solicitarse en las oficinas públicas y el único documento válido para acreditar la residencia será el DNI.

Esta nueva metodología forma parte del plan de seguridad que se presentó esta semana en Casa de Gobierno. Y una de las principales causas de su implementación es que según las estadísticas del Ministerio de Gobierno en todo el 2011 se firmaron 360.286 certificados de domicilio, a un promedio de 1.000 diarios. “La Policía está educada y formada, no para llenar papeles, sino para hacer prevención y otras tareas por eso esta ley dejará fuera de su ámbito los certificados”, destacó el Secretario de Gobierno y Justicia, doctor Juan Luis Romero.

Implementación

Actualmente, para obtener un certificado de domicilio las personas se dirigían a la sede policial y allí obtenían el certificado. En teoría, los efectivos debían trasladarse con el móvil a constatar que uno vivía allí. Sin embargo por falta de tiempo y recursos, este paso no se realizaba y en muchas dependencias los interesados asistían con la boleta de algún servicio. “Investigamos mucho y consultamos la ley del DNI donde dice que, ese es el documento público por excelencia que acredita el domicilio. Allí también estipula que las personas tienen la obligación de hacer el cambio de domicilio hasta 30 días subsiguientes a producida esa circunstancia por eso se decidió volver a esa norma”, agregó el doctor Romero.

Y también se estableció que en el caso en que la persona esté residiendo en otro lugar que contradiga al domicilio fijado en el DNI, se va a llenar una declaración jurada ante el oficial público.

“Un caso típico se da al momento de hacer un trámite en una oficina pública. Si le solicitan el domicilio bastará con presentarles el DNI. Si ya vive ahí, deberá llenar esta declaración jurada cuyo formulario que tendrán todas las oficinas. El declarante completará los datos y se hace cargo de su declaración. El oficial público que esté realizando el trámite certificará sólo que la persona hizo esa declaración jurada”, explicó el funcionario.

Esta misma metodología, con la declaración jurada incluida, se implementará con el certificado de convivencia. Sin embargo los certificados de superviviencia se continuarán emitiendo por la fuerza policial.

“Esperaremos que los diputados traten el tema. Pero una vez aprobado se repartirán los formularios en municipios y demás oficinas públicas. Además contamos con todo el registro civil preparado por si aumenta la demanda para hacer cambios de domicilio”, concluyó Romero.

Comentá la nota