Buscan generar mayor transparencia en la utilización de las regalías mineras

El diputado Renato Gigantino (Ateneo del Parque) propone modificaciones en la ley de “Distribución y Administración de los Fondos Recaudados en concepto de Regalías Mineras”.

Los gastos de regalías mineras deberán ser informados a los concejos deliberantes de los municipios.

El diputado Renato Gigantino (Ateneo del Parque) presentó un proyecto de ley, mediante el cual busca una mayor transparencia en el uso de las regalías mineras por parte de los municipios y de la provincia. La iniciativa propone que al artículo 2º, de la Ley 5128, se le realicen agregados. Dicho artículo expresa que, conforme al artículo 171 de la Constitución Provincial, el 65 % de lo recaudado en concepto de regalías integrará el Tesoro Provincial. De este monto resultante, el Gobierno provincial asignará: el 5 % a un Fondo de Promoción de Desarrollo Minero, integrado por lo recaudado en concepto de canon minero y derechos de explotación; por los aportes no reintegrables del Gobierno Federal a la actividad; por los reintegros de los préstamos de fomento que se otorguen y sus intereses; por el importe de multas; por donaciones, legados y cualquier otro recurso, cuyo destino específico sea la actividad minera.

Por su parte, el 25 % se destinará al conjunto de los demás departamentos en los que no se encuentre situado el yacimiento.

La iniciativa de Gigantino agrega que “el 70 % restante deberá asignarse anualmente en la Ley de Presupuesto, con destino exclusivo para la realización de obras de infraestructura y/o programas de desarrollo económico, priorizando el progreso de las poblaciones que tengan mayores índices de necesidades básicas insatisfechas y de desempleo, según las estadísticas oficiales del Indec”.

Mientras que en el artículo 5º, refiere a los ingresos de los municipios en concepto de regalías mineras, que se aplican exclusivamente a financiar obras de infraestructura para el desarrollo económico y capacitación para actividades productivas. El legislador añade que “los gastos que el municipio tenga previsto efectuar con dichos recursos serán incluidos anualmente por el Ejecutivo Municipal en su presupuesto de Gastos, indicando los eventuales beneficios económico-sociales del gasto, modalidad de contratación, plazo de ejecución, y todo otro dato que permita valorar la conveniencia y/o necesidad de la erogación”.

De igual modo, plantea que los municipios que cuenten con Concejo Deliberante, “están obligados a presentar anualmente un detalle de los gastos que se hubieren realizado con los fondos percibidos. Mientras que los municipios que no cuenten con Concejo Deliberante están obligados a publicitar anualmente, a través de medios fehacientes, un detalle del destino de los fondos”.

En los fundamentos, el diputado destaca que con “las modificaciones propuestas, se garantizará a los ciudadanos y a los cuerpos legislativos provinciales y municipales, el acceso a información básica, que les permita conocer en tiempo y forma la utilización dada a las regalías provenientes de la actividad minera, y en consecuencia ellos puedan ejercer la tarea de contralor”.

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