Buscan una ley más exigente para controlar el límite máximo de arsénico en el agua

La propuesta adopta las recomendaciones de la OMS y supone más exigencias para Junín. El fallo de la Suprema Corte, por ejemplo, le exigía hasta 0,05 ml/l
Un proyecto de ley en la Legislatura bonaerense busca limitar aún más el máximo de arsénico en el agua. En concreto, busca adaptarse a lo que exige la Organización Mundial de la Salud, que pide hasta 0,01 ml/l, un nivel muy inferior al 0,05ml/l que exige la Suprema Corte provincial que tanta polémica causó.

En concreto, la diputada provincial de la Coalición Cívica Maricel Etchecoin Moro fue quien presentó la iniciativa que fija el marco regulatorio para la provisión de agua potable en toda la provincia de Buenos Aires, estableciendo parámetros de pureza y potabilidad acordes con las recomendaciones de la OMS y de nuestro Código Alimentario Nacional.

Consecuencias

La propuesta tendría fuertes consecuencias en nuestra ciudad, afectada por el arsénico. El trascendente fallo de la Suprema Corte Bonaerense de agosto de 2009 exigió adecuar el nivel de arsénico a un máximo de 0,05 ml por litro de agua. Para ello, según se lee en la sentencia, los jueces se basan en la ley provincial 11.820 –hoy derogada- y en el Código Alimentario Nacional (CAN). Sin embargo, desde junio de 2007 el CAN bajó sus recomendaciones a 0,01 ml/l, la misma cifra que maneja la Organización Mundial de la Salud y a la que hace referencia Etchecoin Moro.

“El presente proyecto viene a cubrir un déficit de la actual administración provincial, que no ha dado cabal cumplimiento a las disposiciones legales que ella misma ha impulsado”, señaló la legisladora en referencia al marco normativo actual, que prevé que una Comisión especial fije los parámetros de calidad mínima que debe reunir el agua que se suministra a las familias bonaerenses.

En efecto, en ejercicio de la autorización conferida al Poder Ejecutivo por la Ley 12.858, se ha elaborado el nuevo Marco Regulatorio del Servicio de Agua Potable y Desagües Cloacales que ha derogado la Ley n° 11.820 y, con ella, los parámetros de calidad del servicio de agua allí establecidos.

Mínimos y máximos

La situación del arsénico es crucial en este punto. “La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece como límite máximo el valor de 1 microgramo por litro de agua (0,01). A ese parámetro adherimos en nuestro proyecto”, señaló Etchecoin Moro.

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