Buscan establecer nuevos órganos de control a la gestión municipal

Se trata de la Auditoría Municipal. Tendrá plena autonomía funcional y técnica para controlar la ejecución del presupuesto, la legalidad del gasto, la gestión financiera y patrimonial de la Municipalidad. El oficialismo busca poner en funcionamiento un nuevo organismo de control municipal.
En esta ocasión se trata de la “Auditoria Municipal”, instancia que constituye –según los autores del proyecto- “una herramienta de probada eficacia en el control de la administración pública que ya ha sido aplicada en numerosos municipios de nuestro país”. Dicha Auditoría, tendría como misión, “la defensa administrativa y jurisdiccional del patrimonio fiscal de la Municipalidad, el contralor de la legalidad y legitimidad de los actos administrativos de la misma, a fin de asegurar el cumplimiento de la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, las leyes dictadas en consecuencia, esta Carta orgánica y las ordenanzas vigentes”.

Desde el bloque de concejales de la UVAC sostienen que “la instrumentación de mecanismos de control, redunda en un mejoramiento de la calidad institucional de nuestra democracia, asegurando el sometimiento de la administración a las leyes en vigencia”.

El proyecto de ordenanza que plantea la creación de dicho organismo, propone que tenga plena autonomía funcional y técnica para controlar la ejecución del presupuesto, la legalidad del gasto, la gestión financiera y patrimonial de la Municipalidad, sus entes autárquicos y descentralizados y las juntas y organismos vecinales.

Definiciones

La Auditoria Municipal estaría integrada por un auditor municipal que deberá poseer titulo de abogado o contador público nacional, un suplente “ad hoc” de similar formación, nombrado por el auditor para su reemplazo temporal y un empleado administrativo de la planta de personal permanente municipal.

Para ser auditor Municipal se requeriría ser mayor de treinta (30) años, tener como mínimo cinco (5) años de ejercicio de la profesión y tener residencia en la localidad no menos a cuatro (4) años anteriores a la fecha de su designación.

Asimismo, el auditor será designado luego de un llamado público de antecedentes y oposición, el cargo tendrá una duración de seis (6) años en sus funciones y sólo podrá ser removido por medio de juicio político, conforme lo establece esta Carta Orgánica.

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