¿Se busca intimidar a las fuentes?

La demonización o, peor aún, la intimidación de las fuentes periodísticas fue siempre tarea de los gobiernos despóticos interesados en obstaculizar la libre circulación de la información. Que un medio periodístico asuma esa línea de conducta es, por lo menos, preocupante.
LA DIRECCION

Dos notas publicadas por LA ARENA, con información proveniente de General Pico, motivaron sendas repercusiones en un medio colega, en las que se cuestiona la supuesta existencia de "filtraciones" de información pública, y hasta se informa sobre el supuesto planteo de una denuncia al respecto.

La primera de las informaciones cuestionadas se refiere a los fundamentos por los que un fiscal del Poder Judicial piquense apeló la resolución que beneficiara recientemente a un diputado nacional pampeano, en una causa donde se lo investigaba por un hecho de violencia de género. Según la especie, los fundamentos en cuestión habrían sido publicados antes de la presentación formal del escrito de apelación, lo cual constituiría -según el medio colega- algún tipo de irregularidad.

La segunda publicación, disparada por la primera, se refiere a la queja de un empleado judicial, quien actualmente se encuentra suspendido en sus funciones y sumariado por graves cargos en su contra -por destrucción de documentos públicos- quien se queja de que en su caso también habrían existido "filtraciones", a raíz de lo cual, afirma haber realizado sendas denuncias, por "violación del secreto profesional", ante la policía provincial y la Fiscalía de Investigaciones Administrativas.

De lo que se trata aquí, evidentemente, es del manejo de la información pública y de la relación que el periodista entabla con sus fuentes. Se da así el curioso caso de un medio de prensa que, en lugar de propender a la más amplia libertad informativa, procura cuestionar la existencia de "filtraciones", y en definitiva, genera un efecto de amedrentamiento para con las eventuales fuentes que estarían dispuestas a divulgar la información pública relevante.

No hay secreto.

Debe decirse, en primer lugar, que el secreto no es sino la excepción en materia de información pública, y que la tarea del periodismo es, precisamente, revelar todo lo que involucre el interés de sus lectores, aún cuando -o precisamente cuando- existan funcionarios o particulares interesados en su ocultamiento.

Los supuestos de información pública secreta se cuentan con los dedos de una mano: el secreto de sumario en causas penales, el nombre de las víctimas de delitos contra la integridad sexual, el nombre de los menores de edad en situación de riesgo o conflicto con la ley, los secretos de Estado, y alguno que otro ejemplo más.

Y en todos estos casos -como ya ha decidido en más de una oportunidad nuestra Suprema Corte de Justicia- la persona obligada a guardar el secreto es el funcionario a cargo, no el periodista. Así lo dispuso en el caso "Pérez Arriaga", donde se discutía la publicación del nombre de las partes en una sentencia de divorcio vincular que marcó tendencias a poco de instaurada esa figura jurídica en la legislación nacional.

Esto no quiere decir que el funcionario deba guardar "secreto profesional", un concepto que en realidad pertenece al área de las profesiones liberales (médicos, abogados, escribanos) y a los cultos religiosos donde existe la figura del confesor: se trata así de preservar la relación de confianza que debe existir entre la persona que acude a quien debe defenderla, curarla o confesarla, y quien ejerce ese ministerio.

Los funcionarios, contrariamente, sólo están obligados a guardar secreto en contados casos, y la obligación general a su respecto es la contraria, esto es, la de ofrecer la información pública a la que tuvieran acceso: por eso existen leyes que -en consonancia con los derechos constitucionales- garantizan el acceso de los ciudadanos a la información pública.

Absurdo.

Las "denuncias" que el empleado judicial dice haber efectuado contra este diario, son de tan poca seriedad, que no se advierte cómo el periodista que escribió la noticia no sometió su material a un escrutinio más riguroso. Pedir a la policía que investigue la conducta funcional de un fiscal, no resiste análisis alguno. Como tampoco lo resiste el solicitar al respecto la intervención de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, cuya función nada tiene que ver con el funcionamiento del Poder Judicial en su tarea específica de impartir justicia.

El celo profesional, y la esperable competencia entre periodistas y medios de prensa, no debería hacer perder de vista que toda la prensa, como institución, tiene un objetivo común, cual es sacar a la luz toda la información posible, en particular la originada en los poderes públicos, ya que ése es el principal servicio que se brinda a los lectores, a los ciudadanos y al sistema democrático.

Procurar socavar la tarea periodística de los medios competidores, particularmente, cuando ello se hace a través del amedrentamiento de las fuentes informativas, implica una contradicción insalvable.

Porque si algo es claro, es que la información pública, cuanto más sensible sea, más estará sujeta a restricciones en su circulación por parte de los funcionarios implicados. Y en esta eterna tarea de descubrimiento y revelación, la contribución de las fuentes de información -las más de las veces, anónimas- no debe ser restringida sino, por el contrario, estimulada. No otro es el sentido de la reforma constitucional de 1994, que prohíbe en forma terminante afectar a esas fuentes de información, una prohibición que está dirigida tanto a funcionarios como a particulares.

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