Buompadre dijo que el apartamiento es irrecurrible

Buompadre dijo que el apartamiento es irrecurrible
El representante de la Facultad de Derecho dialogó ayer con Cadena Sudamericana. Confirmó las decisiones de alto impacto que se tomaron el jueves por la noche, relacionadas con el apartamiento de Guillermo Semhan de la Presidencia y de César Sotelo como fiscal. Dijo que contra la resolución no hay instancia recursiva, y que su voto tiene una fundamentación de técnica jurídica.
En la misma línea que el ministro de Justicia, Eduardo Hardoy, que anticipó el recambio operado en el Jury con la asunción de Alejandro Chaín como Presidente y Jorge Semhan como fiscal general, el doctor Jorge Buompadre señaló que las decisiones adoptadas son irrecurribles. "Hay que respetarlas y seguir el proceso", remarcó.

Por delante está la consideración de la situación de la Secretaria del cuerpo, cuyo apartamiento solicitó la defensa, y un planteo de nulidad también interpuesto por el doctor "Tito" González, cuya resolución es previa a la continuidad del juicio.

Buompadre dejó en claro que su voto contrario al apartamiento de Sotelo obedeció a la interpretación de las normas que son de aplicación, aunque remarcó que los demás impusieron el número.

Importa recordar que el apartamiento de Sotelo se dio por mayoría, en votación dividida de cuatro votos contra dos, mientras que la decisión que dejó afuera al ahora ex presidente, Guillermo Semhan, se tomó por unanimidad. Los seis votos se inclinaron por hacer lugar a la recusación interpuesta por la defensa.

Un elemento a tener en cuenta es la característica de lo que es un Jury, más parecido a un juicio por jurados en el que algunos de los que lo integran siquiera son profesionales del Derecho.

Una fuente ligada a uno de los votos de la mayoría, precisamente uno de los legos, dejó en claro su decisión en apoyo en la necesidad de darle objetividad, seriedad y equilibrio al desenvolvimiento del proceso.

LA SITUACIÓN

DE LA SECRETARIA

El primer planteo que considerará el Jury en su próxima reunión será la de la continuidad, o no, de la Secretaria. La introducción del punto no parece menor habida cuenta que no sería improbable que finalmente la causa termine en los estrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La defensa apunta a que quede de manifiesto la violación del reglamento del propio Jury, que establece que dicho cargo será cubierto por concurso, el que aún no se llamó a pesar del largo tiempo transcurrido desde el momento en que inició su labor.

Pone además el acento en las incompatibilidades, también previstas en el Reglamento, señalando que la doctora Silvia Esperanza de Aquino es, a la vez, empleada judicial y secretaria del Consejo de la Magistratura.

En el planteo de recusación, la defensa puso de manifiesto estas consideraciones abonando con documental que comprobaría que las prevenciones existentes habrían tenido en el accionar de la Secretaria algo más que indicios de operaciones llevadas a cabo con el desconocimiento de los demás miembros del Jury.

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