El senado provincial convirtió en Ley la iniciativa que fue trabajada en conjunto con técnicos del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires, OPDS, y la Comisiòn de Ecologìa del Senado Provincial.
La normativa define claramente los conceptos de pasivo ambiental, auditoría de cierre, recomposición, remediación, saneamiento y sitio contaminado. También se incorpora el Fondo Provincial del Ambiente (FOPROA) para que el Estado se haga cargo de la recomposición del pasivo ambiental cuando no se pudiera identificar al responsable.
Otro de los puntos importantes es la realización de Auditorías de Cierre en el caso del cese definitivo o transferencia de actividades y la obligación de recomponer según el resultado y la contratación de Seguros Ambientales
El titular del OPDS, José Molina, destacó “con está Ley tan importante la Provincia de Buenos Aires se pone a la vanguardia en el cuidado ambiental”.
Además se creará el Registro de Pasivos Ambientales y se establece la obligación de comunicar las altas y bajas del mismo al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia.

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