BCRA salió a aclarar que se mantendrá la prohibición de indexar contratos

Cuando Cristina de Kirchner anunció ayer que enviará un proyecto al Congreso para derogar la Ley de Convertibilidad inmediatamente surgieron algunas dudas sobre los alcances de la iniciativa y el impacto que esa decisión puede tener en la práctica en la economía.

Uno de los puntos salientes es que la Ley de Convertibilidad aún sostiene la prohibición de indexación. "Mantiénense derogadas, con efecto a partir del 1° de abril de 1991, todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autorizan la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios", dice el artículo 10 que, junto a una reforma al Código Civil que permite cancelar obligaciones en el país utilizando moneda extranjera, también continúa en plena vigencia.

Sin embargo, esta posibilidad de que vuelva a quedar habilitada la indexación fue desechada este viernes por el Banco Central. Fuentes de la autoridad monetaria, aclararon a ambito.com que el proyecto impulsado por el Ejecutivo no derogará por completo la Ley de Convertibilidad, sino que "sólo se modificarán algunos artículos".

En tal sentido explicaron que los artículos 7 y 10, que prohíben la indexación de precios, impuestos, deudas y tarifas, "no son objeto de cambios" en la iniciativa elevada al Congreso. Asimismo, remarcaron que "se mantienen inalterables otras prescripciones incluidas en la ley de Convertibilidad, como la inembargabilidad de las reservas".

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