Avanzan gestiones judiciales por preocupante estado de escuela de Comallo

El Superior Tribunal de Justicia podría hacer lugar al amparo/mandamus presentado por la situación de la Escuela de Comallo y podría ordenar -imponiendo un plazo perentorio- al Ministerio de Educación de Río Negro para que realice las refacciones y obras, totales y necesarias en el establecimiento de manera de garantizar el funcionamiento y el dictado de clases en condiciones “dignas y seguras”.
En el reciente dictamen Nº 35/11 de la Procuración General del Poder Judicial se destacó que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) es competente para entender en estas actuaciones y se requirió –para garantizar la bilateralidad restringida- que se notificara la cuestión a la provincia y se solicitara informe al Consejo Provincial de Educación respecto del reclamo efectuado por sectores de la comunidad local.

Además, la Procuración General solicitó que se ordene una inspección por parte del juez de Paz de Comallo –efectivamente concretada el 20 de mayo pasado- y posterior informe describiendo el estado actual del establecimiento escolar.

El 27 de abril pasado con la presencia del magistrado del STJ Luis Lutz, del juez de Paz, Mauricio Hermosilla, madres, padres, abuelas, familiares y docentes, se realizó una reunión en la que se habría brindado información respecto del estado procesal del amparo.

Una madre adjuntó constancias (análisis de agua) y se plantearon pedidos de precisión acerca de los plazos en que se realizarían las eventuales obras.

Por su parte, un informe rubricado por el director general de Asuntos Legales del Ministerio de Educación detalló sobre “la realización de tareas, en el caso el cambio de cisterna de agua y colocación de dos tanques más y el reemplazo de una bomba de mayor potencia, como asimismo el cambio de sistema de descarga de agua en los baños, y limpieza y refacción de la calefacción general, habiéndose realizado parcialmente la revisión del sistema eléctrico”.

“Las restantes tareas de reparación de la cocina, de la cubierta de techo y la construcción del cerco perimetral por tratarse de trabajos de mayor volumen se tramitan mediante el expediente. Nº 13.200/11 en el marco de lo ordenado en el decreto Nº 185/11”.

Pero, la procuradora Liliana Piccinini observó que “lo único que se acompaña es la nota Nº 1189/11 que remite el director general de Infraestructura Escolar” y advirtió que “en este tipo de acciones, de trámite ante el máximo Cuerpo Judicial, al requerirse el informe al funcionario o ente público, tal como lo ordena el presidente del STJ y conforme lo establece la Constitución Provincial; debe dicho informe ser evacuado en tiempo y forma por el requerido”.

Remarcó: En este caso el requerido es el ministro de Educación, quien ejerce la presidencia del CPE. Sin embargo ante el STJ se presenta el director general de Asuntos Legales del Ministerio de Educación (funcionario carente de capacidad/potestad de gestión-ejecución). Circunstancia que, tal como lo he remarcado en distintas oportunidades, resulta totalmente impertinente, con el agravante en este caso no solo por la referida falta de calidad o capacidad técnica del funcionario en cuestión para informar respecto del reclamo, sino porque se desoye o soslaya un muy claro requerimiento del Tribunal”.

De la constatación efectuada por el juez de Paz se desprende que “el establecimiento cuenta con un anexo donde funciona la Escuela Jardín de Infantes Nº 89, que cuenta con un pasillo, dos aulas las cuales en su interior poseen un baño para niños que lo comparten ambos sexos, una cocina improvisada…”., remarca la documentación judicial.

“De la toma de conocimiento de la constatación, que se efectuó el 20 de mayo, se evidencia que los hechos expuestos por los amparistas en su presentación, subsisten en su total dimensión, no obstante las notas y entrecruzamiento de información entre diferentes áreas del Ministerio de Educación, incluidas las gestiones del intendente municipal, que datan de abril”.

“Reitero que la acción es incoada ante la falta de respuesta por parte del Consejo de Educación Provincial de reclamos efectuados que refieren las deficiencias señaladas, las que se encuentran debidamente acreditadas mediante la documental acompañada, y de manera particular con la Inspección ocular referida”, señaló en otro párrafo del dictamen emitido el 2 de este mes por la procuradora general.

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