Avanza una ley que suspende la habilitación de ferias saladitas

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que establece suspender “en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y por el plazo de 180 días de la sanción de la presente, las autorizaciones, habilitaciones o permisos para la apertura de nuevos emprendimientos comerciales de múltiples puntos de venta, conocidos comúnmente como ferias, saladitas, etc.”.
En el mismo artículo se establece que en ese plazo de 180 días “la Honorable Legislatura Provincial reglamentará el funcionamiento de este tipo de emprendimientos”.

También se consigna en el proyecto que la “suspensión dispuesta incluye las nuevas solicitudes de habilitación, como así también aquellas que se encuentren en curso de trámite en los Municipios de la Provincia”.

En el artículo 3 se consigna además que “cumplido el plazo previsto (180 días), la autoridad de aplicación que a esos efectos determine el Poder Ejecutivo podrá solicitar la prórroga de la presente por otro período igual”.

Por último, el artículo 4 invita a “las Municipalidades a adherir a la presente ley”.

La iniciativa fue considerada sobre tablas por gestiones del bloque del Gen/PS que comanda el diputado Jaime Linares y su autor es el diputado del FpV/PJ Daniel Rodríguez, ahora deberá ser considerada en el Senado para terminar el trámite de parlamentario y lograr su sanción.

En los fundamentos de la iniciativa se considera que “el comercio minorista cumple un rol fundamental en las ciudades, no solamente por el servicio que prestan a la comunidad como proveedores de la más diversa gama de productos para satisfacción de las necesidades de sus habitantes, sino también porque terminan influyendo en forma determinante en la diagramación urbanística de la ciudad, convirtiéndose en centros de paseo, atracción, recreación, aportando de manera fundamental a la configuración de la ciudad”.

Por lo cual, según el argumento desarrollado, resulta “es esencial el generar políticas locales hacia el comercio minorista, que hagan a su ordenamiento, tratando de tener reglas claras e igualitarias que posibilite que la mayoría del mismo este en la formalidad, cumpliendo las normas de habilitación e inscripción en los Organismos de control, que garantice la formalidad y transparencia en su actividad”.

También se aclara en el proyecto que “los Municipios son los responsables de propender a dicho ordenamiento en sus jurisdicciones, estableciendo por las respectivas Ordenanzas las correspondientes normativas, de acuerdo a la Ley Orgánica de las Municipalidades y normas provinciales en tal sentido”.

Por otra parte, se sostiene que “cuando se detectan vacíos legales en las ciudades, respecto de la instalación de formatos comerciales no contemplados en las mismas, o normas que no son claras ni garantizan la igualdad en la comercialización, el Estado Provincial debe establecer las normativas generales a la que se deben atener los Municipios a fin de homogeneizar las mismas en todas las comunas de la provincia”.

Es por ello que ante “la sucesión de formatos comerciales tipo ‘La Salada’ que se pretenden instalar en diversas ciudades de la provincia y no existiendo una normativa homogénea en los distintos Municipios, que haga al correcto ordenamiento y la sana competencia comercial, es que hemos interpretado necesario el suspender por 180 días la instalación y habilitación de estos formatos comerciales, dando en ese período la posibilidad que se elabore una normativa provincial que sirva de guía y homogeinice la acción de todos los Municipios en este tema” reza el proyecto aprobado por todos los presentes en la Cámara baja provincial.

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