Los consejeros del órgano resolvieron por unanimidad establecer cambios en la normativa interna, con el objeto de otorgar mayores puntajes en los ítems que confeccionan el rubro de los "antecedentes" que poseen los postulantes a cubrir las vacantes judiciales. Se incorpora la terna de candidatos y se eliminan los concursos múltiples.
En este sentido y con la venia de los principales referentes de las instituciones implicadas en la labor de seleccionar magistrados (acuerdo arribado por el gobernador José Alperovich, el presidente subrogante de la Legislatura y consejero del CAM, Regino Amado y su titular Antonio Gandur) los miembros del estamento colegiado delinearon consensuadamente los cambios a sustanciar en la normativa interna, donde se destaca la modificación en el puntaje correspondiente al rubro "Antecedentes" por el que cada postulante debe reunir como máximo 35 puntos.
De acuerdo al nuevo esquema planteado, el cambio estará dado en la forma de distribución de puntos para arribar al total global (35) por lo que se eliminarían los techos de cada una de estas ramas. En la actualidad, el rubro "Antecedentes" se encuentra constituido por diversas instancias como ser la atinente a perfeccionamiento (en el que se incluyen títulos de postgrado) al cual se le asignan nueve puntos; idéntico guarismo se otorga por actividad académica (investigación, docencia, publicaciones). Por otro lado, la experiencia profesional se encuentra valorada con 16 puntos, ya sea por la carrera judicial del postulante o bien el tramo en el que haya ejercido la profesión de abogado. Así, el punto restante corresponde a otros antecedentes como ser distinciones, premios, asistencia a cursos.
Con la nueva diagramación del reglamento, la distribución de puntos quedaría de la siguiente manera:
r Perfeccionamiento y actividad académica: 12 puntos como máximo.
r Experiencia profesional: 20 puntos.
r Otros antecedentes: el concursante podrá obtener hasta 3 puntos.
A partir de este retoque, que mantiene el techo aludido de 35 puntos, lo que se pretende y se considera como espíritu es que cada uno de los postulantes se beneficie al sumar por el rubro que más le resulte acorde y conveniente teniendo en cuenta su trayectoria.
Se privilegia el examen
Ahora bien, este replanteo deberá ser compatible con las modificaciones que la Legislatura le impondrá (en la sesión del viernes) a la Ley 8.197 que homologó la creación del CAM. En este aspecto, se tiene previsto que los parlamentarios introduzcan una nueva puntuación en lo que refiere a los parámetros numéricos necesarios para acceder a la etapa de entrevista que mantendrán los concursantes con los consejeros.
Ante ello, los actuales 60 puntos serán reducidos a 54 que deben ser acumulados tanto en la calificación de los antecedentes como así también en la prueba de oposición. Vale resaltar que en la evaluación será establecida como exigencia la suma de 27 puntos como mínimo, independientemente de lo que se pueda obtener por el ítem complementario (antecedentes). Tal disposición fue planteada para que prevalezca una consideración valorativa superior manifiesta en el examen.
Otra de las disposiciones acordadas para un mejoramiento en la ejecución de los concursos sustanciados por el Consejo se encuentra vinculada con la reducción de los nombres propuestos por la institución y elevados al Poder Ejecutivo para su selección final. Como se recordará, en un primer momento se caracterizó un quinteto de postulantes, que ahora pasará a consolidarse como una terna. Uno de los objetivos de este cambio responde a menguar la discrecionalidad con la que contaba el PE para el nombramiento de los futuros jueces, ya que en ninguna otra provincia existía el sistema de cinco candidatos para la consideración del Gobernador.
Sin embargo, aún prevalece la normativa que dictamina que el Primer Mandatario puede obviar el orden de mérito de los participantes estipulado por el CAM sin que sea una exigencia la debida argumentación del por qué se ha adoptado esta decisión.
Asimismo, los concursos múltiples serán eliminados para proceder a una selección individual por cada fuero o vocalía vacante, rasgo que fue un expreso pedido de Alperovich para poder avanzar en las modificaciones mencionadas.
Finalmente, una de las dudas que surgieron a partir de estos retoques fue si serán aplicados con retroactividad a los concursos ya sustanciados, lo que fue descartado por los consejeros del CAM.


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