La Corte resolvió un incremento del 10 por ciento y es retroactivo a enero para todas las categorías del escalafón y rige una ley de enganche en la provincia.
Una vez que el Superior notifica al Ejecutivo esa decisión, el gobierno debe disponer en qué momento hará efectivo el pago, aunque lo que se busca es “adquirir el derecho” de modo tal que, con el pago de un mes, se de por admitida la obligación de abonar a todos los judiciales el incremento que dictó la Corte nacional.
Qué dice la ley de enganche
En diciembre de 2011 quedó sancionada la ley 10068 a través de la cual se establece el enganche automático de las remuneraciones de los empleados judiciales y magistrados con los de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El artículo primero de la ley establece que “las remuneraciones de los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial provincial, se les aplicará en forma automática todo incremento que por cualquier concepto disponga la Corte Suprema de Justicia de la Nación para los haberes del Poder Judicial nacional, correspondiendo al Poder Ejecutivo implementar las medidas tendientes a adecuarlas en idéntica medida, para proceder a liquidarlas y abonarlas íntegramente. A tales fines, el Poder Judicial comunicará al Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas el incremento que resulte, con copia de la Acordada respectiva, para su cumplimiento”, dice el texto.
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