Audiencia Pública: Expusieron ideas para la modificación del Código de Planeamiento Urbano

Alrededor de 40 expositores de diferentes sectores de la comunidad de San Salvador de Jujuy, participaron de la Audiencia Pública convocada por el Concejo Deliberante de la Capital para que aporten ideas al proyecto de Modificación del Código de Planeamiento Urbano elaborado por el Ejecutivo municipal.
La Audiencia estuvo encabezada por el Presidente del deliberante, Juan Carlos Abud y los concejales, Patricia Armella, Pedro Azcarate, Santiago Jubert, Rodolfo Nieto, Marta Russo, Carmen Peña, Gustavo Agüero y José Luís Sánchez.

La exposición se inició con el análisis presentado por el Ingeniero Alfredo Arrueta en representación de la Asociación Civil “Para Servir a Jujuy”, quien resaltó que “antes de presentar el nuevo código de planeamiento urbano, se debería haber trabajado con todos los actores intervinientes a los efectos de que cada uno proponga sus aportes, y los mismos sean incorporados efectivamente en el proyecto del nuevo código. Pero aquí, primero se presenta el nuevo código de planeamiento y luego se empieza a trabajar con los actores intervinientes y no se incorporaron todavía las modificaciones plateadas en los talleres respectivos, realizados en el colegio de Arquitectos.

Las sucesivas intervenciones coincidieron en lo acertado de las afirmaciones del Ing. Arrueta, en cuanto a la importancia de la participación de los diferentes actores involucrados en un tema y sobre el cual el municipio no puso demasiado énfasis.

En líneas generales y sobre la base del Proyecto elaborado por el Ejecutivo Municipal surgieron diferentes tópicos que deberían ser incorporados al Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de San Salvador de Jujuy:

Sobre la instalación de antenas

En el nuevo código solamente se menciona los soportes de estructura de antena, en el cuadro del uso del suelo, autorizadas en Zona Industrial, pero no se menciona que se hará con las antenas ya instaladas en zonas residenciales y comerciales, no se menciona los requerimientos del certificado del uso conforme, las normativas de cálculo de estructura, la normativa de instalación, ni el estudio de impacto ambiental que debería solicitarse y no se menciona el canon que debe pagarse por esta instalación.

Al respecto no se plantea un límite donde se prohíbe asentarlas.

Sobre la instalación de transformadores

El nuevo código no plantea en que lugares estará permitida su instalación, ni hace la discriminación de las distintas potencias de los transformadores. No define el uso del suelo para su instalación (de 13,2 KV, de 66 Kv, de 132 Kv), no define el certificado de uso conforme correspondiente, ni los cálculos eléctricos que deberían solicitarse.

No define la normativa a cumplir para la instalación de las SUBESTACIONES TRANSFORMADORAS, NI SUS INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS. Se debería pedir también un certificado de uso conforme y el Estudio de Impacto Ambiental correspondiente.

Resulta necesario definir acerca de su ubicación y el efectivo control de los servicios instalados.

Sobre la instalación de postes

El nuevo código no especifica el uso del suelo ni la normativa de instalación de postes de luz eléctrica (que debería ser en las medianeras de los terrenos), ni los cálculos técnicos a presentar, ni el uso de los frentes de casa particular en donde se colocan crucetas para el cableado eléctrico.

El nuevo código no especifica el uso del suelo ni la normativa de instalación de postes de Video, ni los de teléfono.

Sobre normas de protección ambiental

En la sección VI del nuevo código de planeamiento urbano se plantean algunos puntos básico de normas de protección ambiental, pero no define ni la normativa ni la forma de presentación del CERTIFICADO DE USO CONFORME AMBIENTAL, no define quienes están habilitados para presentarlos, ni define alguna matricula municipal de los mismos.

Sobre locales bailables

Resulta conveniente armonizar la normativa municipal existente al respecto e incluirla en el próximo código, vale decir que se hace imprescindible replantear el tema seriamente desde todos los ámbitos.

Sobre la instalación de carteles luminosos

El proyecto presentado no observa respecto de la instalación de cartelera. Obviamente tampoco estable parámetros para evitar la polución visual.

Se recomienda establecer una normativa adecuada a una política municipal al respecto es decir si se impulsa la instalación de los mismos o por el contrario se desalienta sobre el particular.

Se debe observar la necesidad de legislar acerca de quién debe ser el responsable (propietario o empresa publicitaria) del retirado del cartel una vez finalizada la habilitación.

Sobre el uso del espacio publico

La propuesta no legisla sobre la materia, es un tema que debe ser incluido. Se debe definir lugares estratégicos para el asentamiento del comercio informal. Se recomienda informatizar el registro.

Sobre la instalación de consultorios

El municipio debe tener incidencia en la habilitación de consultorios o servicios médicos.

Sobre seguridad

Control de seguridad contra incendio. Por ley nacional el municipio es el responsable.

Sobre higiene y seguridad industrial

Normativa para el uso conforme ambiental. Especificar cómo se debería presentar los estudios de impactos ambientales. Cuales serian los indicadores y requisitos para la veracidad de estos estudios. Un aspecto a considerar a quienes se le pide estudios de impacto ambiental.

En los corredores comerciales que proponen no figuran barrios importantes como alto comedero.

En síntesis, concluye el informe de los técnicos de la Asociación Civil “Para servir a Jujuy”, un Código de Planeamiento Urbano, debe venir después de un plan estratégico de la ciudad o código director actualizado.

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