El oficialismo no limitará la reelección indefinida de los jefes comunales hasta que la Legislatura no sancione la reforma al artículo 221, que habla de la mayoría necesaria para modificar la Constitución.
Por eso la modificación al artículo 198 de la Constitución provincial que se votó el año pasado en las elecciones -el "no" a la reelección indefindia de jefes comunales - no se pudo promulgar porque no alcanzó a tener los votos de la mayoría más uno del padrón electoral. Ante esta situación es que el oficialismo propuso modificar el artículo 221, que es el que se refiere a la cantidad de votos que se necesitan para aprobar una reforma.
El inconveniente es que tras un fallo de la Corte -en el año 89 -que dio la interpretación sobre esta mayoría del padrón electoral al artículo 221, es que el oficialismo considera que un acuerdo político para su modificación le daría "más espaldas" en el caso de que se plantee la inconstitucionalidad -en el futuro- para el artículo 198.
Sin embargo, para descartar cualquier tipo de problemas, es que el año pasado tras el resultado de la elección, el gobierno acordó con los bloques de la oposición- salvo el PD- tratar una ley para modificar el 221, que en los próximos comicios deberá ser refrendada.
Pero desde noviembre del año pasado duerme en la Cámara de Diputados la enmienda al artículo 221 que permitirá reformar la Constitución local, el cual se refiere a la cantidad de votos que se necesitan para que se apruebe una reforma de la Carta Magna, que en la actualidad se rige por la mitad más uno del padrón electoral, de acuerdo a un fallo de la Corte provincial emitido a fines de los '80.
En cambio, la reformulación propuesta del artículo 221 es que para modificar la Constitución sólo sea neceario la mitad más uno de los votos tomando como base la cantidad de votantes.
Si bien el oficialismo estableció el año pasado un acuerdo con parte de la oposición para su tratamiento, los demócratas se opusieron a apoyar este apartado porque consideran que la modificación es parcial y no total sobre la Carta Magna.
Sin embargo, en octubre del 2009 se aprobó en el Senado –sin el voto del PD- la modificación a la enmienda y de allí se pasó a Diputados, más precisamente a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales.
Su presidenta, la justicialista Gabriela Sánchez, confirmó a MDZ que no se ha tratado el proyecto porque no ha recibido el consenso necesario para su debate. "He pedido ponerlo a discusión pero al no tener el consenso de toda la comisión no he querido forzar el debate", explicó la legisladora justicialista.
Es importante recordar que en noviembre la discusión estaba puesta sobre el endeudamiento y luego se traspasó al presupuesto, después llegaron las vacaciones y ahora con el recambio de autoridades en las comisiones, se espera que la nueva Cámara trate la reforma constitucional.
Qué se pretende reformar
El artículo 221 de la Constitución establece la cantidad de votos necesarios para que se apruebe una reforma constitucional. Hasta ahora define que deben ser la mayoría de los electores, es decir todas las personas que están habilitadas para sufragar en esa elección según el padrón.
[Voto-PORTADA]
Es precisamente "si la mayoría de los electores votase afirmativamente", lo que se pretende modificar ya que este punto se entiende como la mayoría más uno del padrón electoral y no de los votantes y es esto lo que la enmienda quiere cambiar.
Por eso en el acuerdo al que llegaron el PJ, la Unión Cívica Radical y el cobismo –en octubre del 2009- establece que con la modificación al artículo 221 quedará redactado de la siguiente manera: "Declarada por la Legislatura la necesidad de la reforma total o parcial de la Constitución, se someterá al pueblo para que vote en todas las secciones electorales en pro o en contra de la convocatoria de una Convención Constituyente. Si la mitad más uno de los votos válidos emitidos resultasen afirmativos, se convocará a una Convención que se compondrá de tantos miembros cuantos sean los que componen la Legislatura y serán elegidos en la misma forma que los diputados".
El año pasado en su visita a la Legislatura, el ministro de Gobierno, Mario Adaro indicó que "la idea es que se pueda aprobar durante este período legislativo y se va a someter a plebiscito en el 2011". En ese momento destacó el trabajo para poder llegar a un consenso y que en 2012 ya podríamos tener una Constitución nueva.
En esa oportunidad, el ministro de Gobierno también se comprometió a la promulgación del artículo 198 que frena la reelección consecutiva e indefinida de jefes comunales, la cual se votó en la última elección y donde 550 mil mendocinos se mostraron a favor de esta iniciativa.
Pero, pese a no haber obtenido la mayoría de votos que requiere por un fallo de la Corte local de 1989, el Ejecutivo prometió promulgar la reforma constitucional del artículo 198. Ya que el escrutinio arrojó que "ganó" el Sí por 470 mil votos contra el 95 mil del No y este número no alcanzó para su aprobación, siempre y cuando la Legislatura le aprobara la ley que permite reformar el artículo 221 de la Constitución provincial.
Con esta reforma los intendentes sólo podrán ser reelectos consecutivamente una sola vez y tendrán que esperar un periodo de por medio para aspirar a un tercer mandato. Hasta ahora la reelección consecutiva de los jefes comunales no tiene límite.
El autor del proyecto
El senador radical, Mauricio Suárez, fue el autor original del proyecto para modificar el artículo 221, luego el Ejecutivo se sumó a la iniciativa. El legislador explicó a MDZ que "desde hace años que se intenta cambiar el artículo, más precisamente desde la época de Felipe Llaver".
[Mauricio Suárez-PORTADA1]
Por otra parte, manifestó que hoy el principal escollo para modificar la Constitución está en el fallo que la Corte hizo sobre la interpretación al artículo 221 por la cual se necesita del padrón más uno para una modificación.
"Como el fallo nos impide cambiar la Constitución decidimos hacer un proyecto que nos permita reformar el artículo 221 directamente", sostuvo el senador.
Sin embargo, el radical aseguró que en el caso de que la iniciativa sea sancionada en la Legislatura debe ser promulgada por el Ejecutivo y luego refrendada por el electorado bajo el fallo de la Corte.
Entre los argumentos que esgrimió el radical para reformar la Constitución es que la misma "necesita ser adecuada al siglo XXI, ya que llevamos casi 30 años de ejercicio democrático y esto hace que debamos reformular prácticas institucionales que ya no funcionan".
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