Asamblea en el Ipesa por falta de respuestas

El cuerpo de delegados de la Asociación Trabajadores del Estado del Instituto Provincial de Educación y Socialización de Adolescentes (Ipesa) realizará mañana a las 13 una asamblea, "con la finalidad de evaluar los pasos a seguir ante la falta total de respuestas por parte del Ministerio de Bienestar Social a los reclamos efectuados por el personal del sector", según indicaron en una comunicado dos de ellos, Oscar Canale y Matías Petrocco.
Los delegados indicaron en el texto que "luego de varios pedidos de entrevistas hacia el ministerio por parte del consejo directivo provincial de la ATE, para comenzar a tratar la problemática del sector y consensuar las modificaciones a la ley 2116 (de creación del Instituto), para adecuarla de manera definitiva a la labor profesional que desarrolla el personal del Ipesa", solamente fueron recibidos hace un mes por el subdirector de Desarrollo Humano y Familia, Pedro Freidenberger, y por el director de Niñez y Adolescencia, Juan Emana.

Tras esos encuentros "quedó el compromiso de evaluar la propuesta elevada y volver a reunirse en una semana para recibir una respuesta, hecho que no ha sucedido hasta el momento a pesar de que también fue solicitado de manera formal, el 20 de julio , por parte del consejo directivo provincial", agregaron Canale y Petrocco.

Los reclamos del personal del Instituto son los siguientes:

* Jubilación diferenciada y aumento del 10 al 20 por ciento por riesgo psicofísico para el personal que desarrolla tareas en contacto directo y permanente con los menores, por considerar dicha actividad "riesgosa, insalubre y de agotamiento prematuro".

* Extensión del 10 por ciento del riesgo psicofísico para todo el personal que desarrolla tareas dentro y bajo la órbita del Ipesa.

* Creación del adicional por tarea especializada para el personal comprendido en el artículo 5º de la ley 2116 y que "desarrolle estas tareas comprobadas de forma fehacientemente al momento de promulgada la presente reforma".

* Periodo de vacaciones adicional y capacitación acorde a la tarea y labor social que desempeña el personal comprendido en el artículo 5º, no menor a 30 días por año calendario.

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